Legal

Vivo en una comunidad de vecinos y el portal siempre está abierto, ¿es legal? Esto es lo que dice la ley

Persona abriendo la puerta con una llave | Foto: iStock

elEconomista.es

Residir en una comunidad de vecinos implica seguir ciertas normas que en una vivienda unifamiliar obviaríamos por costumbre o, simplemente, por inercia. En un bloque de pisos tenemos que lidiar con las manías de los demás, como con los que dejan la puerta abierta, cuelgan ropa y macetas del balcón o hacen ruido a deshoras. De hecho, en muchas ocasiones sospechamos si lo que hacen es legal, dado que hay muchas prácticas ilícitas que pasamos por alto por no saber que lo son.

Una de las manías más recurrentes es dejar abierta la puerta del edificio, una práctica que parece que no hace daño a nadie pero que facilita la entrada a desconocidos y aumenta el riesgo de robos o actos vandálicos. Asumir un riesgo de tal calibre solo por dejar la puerta abierta no es lo más apropiado si queremos vivir en armonía con nuestros vecinos, que pueden argumentar una falta de seguridad en el bloque por dejar el portal sin cerrar.

Seguridad, accesibilidad o ambas

Es cierto que la Ley de Propiedad Horizontal (normativa que regula la convivencia vecinal) no establece de forma explícita si la puerta del portal de una comunidad debe estar abierta o cerrada, pero sí que existen regulaciones referentes a la accesibilidad del edificio que pueden resolver esta incógnita. Así, la Ley 8/2013 establece que las puertas no pueden dificultar el acceso a personas con movilidad reducida al bloque, por lo que tener la puerta cerrada podría ser un impedimento para ellos.

Es por esta razón que la decisión de dejar la puerta abierta o cerrada no es exclusiva de la comunidad de vecinos, sino que debe atenerse a ciertos factores legales y administrativos advierten desde el blog Fotocasa Life. Para no sacrificar seguridad por accesibilidad ni viceversa, los propietarios acuerdan en muchas ocasiones instalar cierres automáticos para que no se quede abierta accidentalmente o, en su defecto, sistemas de control de acceso, como códigos o llaves electrónicas que permitan acceder de forma remota.

También se puede optar por utilizar cámaras de videovigilancia para disuadir a los intrusos, aunque puede traernos quejas de privacidad y hacérnoslas quitar.

¿Y cerrar con llave?

Aún así, muchos decidirán mantenerla cerrada y es entonces cuando surge otra pregunta: ¿se puede cerrar el portal con llave? Pues bien, el Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendio explica que el sistema de cierre de las puertas de evacuación de un edificio, como bien puede ser la del portal, debe permitir una apertura rápida sin necesidad de llave para evitar que se rompa y quede alguien atrapado.

A modo de síntesis: sí, es legal dejar abierta la puerta del portal, aunque la decisión final dependerá de que los vecinos encuentren una solución que garantice un acceso cómodo y seguro para todos. La clave es encontrar el equilibro entre accesibilidad y seguridad para mantener una buena convivencia vecinal y facilitar la evacuación en caso de emergencia.

Prácticas ilegales

Es normal que surjan dudas sobre lo que es legal y lo que no al vivir en una comunidad de vecinos, sobre todo porque hasta las cosas más insignificantes podrían acarrearnos una multa. Por ejemplo, aunque estemos acostumbrados a ver ropa tendida en los balcones de las viviendas, lo cierto es que las normativas municipales de Barcelona, Madrid y Valencia regulan y prohíben esta práctica, contemplando multas de hasta 750 euros para los ciudadanos que lo incumplan.

Los vecinos de un mismo bloque también podrán poner denuncias si perciben ruidos a deshoras por el uso de electrodomésticos, aunque solo podrán hacerlo si superan los decibelios máximos permitidos, que suelen oscilar entre 25 y 40 según el día y la hora en que se produzcan.