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El TJUE se pronunciará el jueves sobre si las empleadas del hogar deben registrar la jornada laboral

  • La norma española exime de esta obligación a las trabajadoras...
  • ...perjudicándolas en caso de despido para demostrar sus horas de actividad
Empleada del hogar. | Getty

Eva Díaz
Madrid,

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciará este jueves 19 de diciembre sobre la legalidad de que los empleados del hogar no estén obligados a registrar el inicio y fin de su jornada laboral.

El TJUE fallará sobre el caso de una empleada que fue despedida en 2011. La mujer interpuso una demanda porque consideró su cese abusivo y reclamó a las personas que la tenían contratada el pago de los días de vacaciones no disfrutados y de pagas extraordinarias. El Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao estimó solo parcialmente su demanda al considerar que la mujer no aportó pruebas suficientes para justificar los días trabajados de más, por falta de obligación de registro horario.

El Real Decreto del 14 de noviembre de 2011, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, contempla que estos trabajadores no tendrán que registrar el inicio y fin de su jornada.

La mujer recurrió la sentencia al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). Este remitió la cuestión prejudicial al TJUE el 5 de julio de 2023 para que se pronuncie sobre si la norma española que exime a los empleadores en el ámbito del hogar de la obligación de registrar la jornada, a diferencia de lo que ocurre con los empleadores y empresarios en otros ámbitos, podría conculcar la normativa comunitaria en materia de igualdad y de ordenación del tiempo de trabajo.

"La trabajadora carece de prueba alguna de la jornada de trabajo que defiende, así como del salario, lo que conduce, por falta de prueba, a la fijación de una indemnización inferior por el despido y a la desestimación de gran parte de su reclamación salarial. La sentencia deja huérfana de prueba a la trabajadora demandante, invocando la inexistencia de obligación de registro de la jornada en el ámbito del empleo en el hogar", indica el TSJPV en su cuestión prejudicial.

El TJUE se pronunciará sobre si la norma nacional es discriminatoria para estos trabajadores frente al resto de empleados.