Legal
Los abogados podrán cobrar por la defensa de oficio de las empresas
- El Senado aprueba una enmienda a la Ley del Derecho a la Defensa
- Da respuesta a una reivindicación histórica de la Abogacía de Madrid
Xavier Gil Pecharromán
Madrid,
El Senado ha aprobado una enmienda a la Ley del Derecho de Defensa para que los abogados reciban una compensación justa por su labor, fortaleciendo así el sistema de justicia gratuita y asegurando que la defensa de empresas se realice de manera eficaz y profesional.
Para Juan Manuel Mayllo, diputado del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) responsable del Turno de Oficio, "garantizar la indemnización a los abogados del Turno de Oficio por la defensa de personas jurídicas da respuesta a una reivindicación histórica de este Colegio". "Asumen una enorme responsabilidad en la defensa de los derechos de empresas y organizaciones, y este reconocimiento económico es clave para dignificar su labor y garantizar la calidad en el ejercicio de la defensa. Se debe garantizar no solo el pago de las personas jurídicas sino de todas y cada una de las actuaciones realizadas. Desde el ICAM, seguiremos trabajando para que estas mejoras se implementen de forma efectiva y que todos los que forman parte del Turno de Oficio tengan las condiciones que merecen para desarrollar su trabajo con todas las garantías necesarias", asevera.
Eugenio Ribón, Decano del ICAM, subraya la importancia de estas mejoras: "El derecho de defensa es un pilar fundamental del Estado de derecho, y estas enmiendas refuerzan su protección. Los abogados debemos poder ejercer nuestra labor sin interferencias, acoso o intimidación. Estas medidas legislativas son clave para proteger no solo a los abogados, sino también los derechos de los ciudadanos a una defensa justa e independiente".
Las enmiendas presentadas al Proyecto de Ley del Derecho de Defensa recogen reivindicaciones del Icam en cuestiones claves para la abogacía. Entre otras, se refuerza el amparo colegial, una herramienta clave para defender a los profesionales ante las interferencias en su ejercicio profesional. El Senado ha dado un paso para asegurar que los abogados puedan acogerse a las suspensiones de procedimientos en casos de fuerza mayor, como enfermedad, maternidad o cuidado de familiares.