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Los extranjeros podrán seguir acogidos a la 'Ley Beckham' aunque sean despedidos

    Vista de un mapa junto a varios billetes. | Alamy

    Eva Díaz
    Madrid,

    Los ciudadanos extranjeros (o españoles que hayan vivido fuera del país al menos cinco años) podrán seguir acogidos al régimen especial tributario conocido como la ley Beckham aunque sean despedidos de su empleo o lo pierdan por razones ajenas al trabajador. Este régimen fiscal para impatriados permite, bajo determinadas condiciones, tributar por el Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR) en vez de por el IRPF. El principal beneficio es que existe un tipo fijo para las rentas de trabajo del 24%, a menos que superen los 600.000 euros, cuyo exceso se tributa al 47%.

    La Dirección General de Tributos (DGT) establece en una consulta vinculante que el objetivo de la ley Beckham "es atraer a España a los sujetos comprendidos en la aplicación del régimen" (es decir, a trabajadores de alta cualificación, emprendedores, o investigadores, entre otros) y que dicha finalidad resultaría incompatible con excluir a la persona de este régimen si el fin de la relación laboral es por causas ajenas a su voluntad y encuentra otro trabajo pronto que se ajuste también a los requisitos de la norma.

    El criterio de la DGT es relevante ya que desde el pasado 1 de enero de 2023, con la entrada en vigor de la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como la ley de startups, se modificaron los criterios para acogerse a la ley Beckham y desde entonces también pueden adherirse a la misma y tributar por este régimen especial los cónyuges del trabajador y los hijos menores de 25 años o cualquiera que sea su edad en caso de discapacidad.

    Además, también se amplió el colectivo que podía acogerse a este régimen a emprendedores, nómadas digitales (teletrabajadores) o aquellos que vayan a ser administradores de una compañía. Con esta consulta de Tributos del 26 de abril de 2023 deja claro que en estas nuevas situaciones, la Administración también permitirá a los afectados seguir tributando por este régimen especial aunque pierdan su empleo, siempre, eso sí, que logren otro en un breve periodo de tiempo.