Legal

Hacienda incluye a las entidades de pago y dinero electrónico como colaboradoras en la recaudación

  • Con el objetivo de mejorar los ingresos tributarios y evitar el fraude fiscal
Una persona paga con tarjeta a través de un TPV. | Alamy

Eva Díaz
Madrid,

El Ministerio de Hacienda incluye por primera vez a las entidades de pago y a las entidades de dinero electrónico como entidades que podrán ser consideradas como colaboradoras en la recaudación.

La organización que encabeza María Jesús Montero, ha modificado a través de un Real Decreto el Reglamento General de Recaudación para incluir a estas entidades con el objetivo de mejorar la recaudación y evitar el fraude fiscal.

Entre sus nuevos deberes, también estarán reportar a Hacienda la información que requiera, ingresar en plazo en las cuentas del Tesoro los ingresos tributarios correspondientes o cumplir con las órdenes de embargo o levantamiento de embargo del fisco.

Hasta el momento, sólo podían dar estos servicios los bancos, cajas y cooperativas de crédito. Ahora, el Ministerio añade a las entidades de pago, de dinero electrónico y deja margen para incluir a "cualquier otra que se establezca por el titular del Ministerio de Hacienda".

Las entidades de pago son todas aquellas que tengan autorización para realizar servicios de pago como transferencias, adeudos domiciliados o pagos con tarjeta. Entre las más conocidas que operan en España están American Express, las fintechs Divilo o Fintonic, Diners Club, Ria Payment, UniversalPay, Solred o Ebury. Por su parte, las entidades de dinero electrónico son todas aquellas que tiene permiso para emitir dinero, precisamente, en formato electrónico. Entre ellas, destacan Paypal, Bnext o Pecunia Cards.

Las entidades que quieran ser colaboradoras en la recaudación deberán solicitarlo a la Agencia Tributaria para que le dé la autorización.