Legal

La falta de Gobierno retrasa la obligación de tener seguro de perros y hacer el curso

  • Se prohíbe la venta de perros, gatos y hurones en tiendas
  • La norma también veta el sacrificio de animales de compañía
Un hombre pasea varios perros por la calle.

Eva Díaz

La nueva ley de bienestar animal, que entra en vigor este viernes día 29, lo hará de forma incompleta. El adelanto de elecciones y la actual situación de tener un Gobierno en funciones ha retrasado el desarrollo reglamentario de varios aspectos de la norma, como los relativos al seguro para perros y el curso para dueños de los mismos.

El Ejecutivo tendrá aún que fijar por reglamento, de un lado la cuantía económica de los seguros y de otro el contenido de los cursos y si habrá o no examen, según informan desde Legálitas, que ha elaborado una guía de la nueva norma.

La ley exige un seguro de responsabilidad civil por cuantía suficiente para cubrir daños materiales y personales a terceros (sean personas u otros animales) serán obligatorios de momento. Asimismo, obliga a los propietarios de perro a realizar un curso obligatorio. Los dueños que no lo hagan afrontan sanciones que oscilan entre los 500 euros y hasta los 10.000 euros. La formación tiene como objetivo que los dueños tengan conceptos básicos de manejo, cuidado y tenencia de animales.

Respecto a si los perros deben pasar alguna prueba, desde Legálitas apuntan que si se detecta la necesidad, se puede acordar que se lleven a cabo actividades de adiestramiento o modificación de conducta de perros por parte de las personas que cuenten con la titulación adecuada para ello.

Especies prohibidas

Las especies prohibidas por la ley como animales de compañía son artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales. También reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios (tortugas), todos los primates y mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kilos.

De momento se desconoce si las personas que ya tienen estos animales pueden ser multados, aunque desde la firma señalan que "es posible que la Administración pueda quitársela al dueño, aunque no sacrificarla".

Por otro lado, la ley estipula que no se puede dejar sin supervisión a los animales de compañía durante más de tres días consecutivos, aunque en el caso de los perros, este plazo no puede ser superior a veinticuatro horas. Tampoco se puede mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos. Se prohíbe también el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal como collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo.

La norma prohíbe la venta de perros, gatos y hurones en las tiendas. Aquellos locales que lo vendan tendrán doce meses de plazo para finalizar la venta de estas especies.

Sacrificio de los animales

Finalmente, la norma prohíbe el sacrificio de los animales de compañía, salvo por motivos de seguridad. La eutanasia solamente estará justificada con el único fin de evitar el sufrimiento por causas no recuperables que comprometan seriamente la calidad de vida del animal y la realizará el personal veterinario.