Legal
Asociaciones de autónomos piden eliminar el sistema de módulos del IVA de forma gradual
- La norma eliminará esta carga a quien gane menos de 85.000 euros
- Los expertos esperan el informe de conclusiones de Hacienda
Eva Díaz
La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) ha propuesto a la Agencia Tributaria, dentro de las negociaciones para eliminar la obligación de presentar el IVA a quienes facturen menos de 85.000 euros, que la supresión del sistema de módulos sea gradual, en un periodo de tiempo no inferior a cinco años, para facilitar su adaptación a los autónomos de más edad. La Administración ya negocia con estas asociaciones, sindicatos y patronal la eliminación del IVA a los autónomos tal y como exige la Directiva europea 2020/285, que entró en vigor el 18 de febrero de 2020. Los países deben transponer esta normativa para que entre en vigor el 1 de enero de 2025.
Según ha explicado este martes UPTA en un comunicado, con el régimen del franquiciado del IVA "no será necesario realizar la liquidación trimestral" del impuesto "ni anual". "No será por tanto preciso emitir facturas con IVA para todos los aquellos autónomos que decidan acogerse", señalan.
No obstante, desde la asociación matizan que no hacer la declaración de IVA no quiere decir que las compras que el autónomo realice no estén sujetas al pago del impuesto sobre el valor añadido. "Los gastos en los que incurran en el desarrollo de su actividad serán deducibles en la declaración del IRPF, de esa manera se podrán obtener los rendimientos reales de la actividad para poder transponer los datos al nuevo sistema de cotización a la seguridad social, que ha entrado en funcionamiento en enero del presente año", añaden.
Asimismo, el presidente de UPTA, Eduardo Abad, señala que este régimen supone una modernización del sistema tributario español con la finalidad de homogeneizarlo con el existente en los países del entorno. "Sin duda, viene a facilitar las gestiones y relaciones de las personas trabajadoras autónomas con la administración tributaria ya que a efectos de IVA, tan sólo tendrá que presentarse una declaración anual o similar para que pueda comprobarse por la AEAT que efectivamente cumplimos con el umbral de facturación y que podemos acogernos al IVA de franquicia además de minimizar, mediante la objetivación de los gastos deducibles, la brecha fiscal existente entre las personas trabajadoras autónomas y otras formas jurídicas de empresa", asegura.
Última reunión en abril
Hacienda celebró la última reunión con las asociaciones de autónomos, sindicatos y patronal el pasado mes de abril, justo antes de las elecciones municipales y autonómicas de mayo y de las generales de julio. Ahora, está pendiente de conocerse el informe de conclusiones tras las negociaciones.
La normativa europea plantea la opción de que los autónomos con ingresos inferiores a los 85.000 euros puedan elegir entre el régimen general del IVA (el actual) o acogerse al régimen especial de franquicia del IVA. Para acogerse a la franquicia, los autónomos no podrán haber superado en el año natural previo a la solicitud los 85.000 euros de volumen de negocio.
Asimismo, una vez que el autónomo se acoja a la franquicia del IVA, éste no podrá superar en más de un 10% el volumen de negocio, de lo contrario, "dejará de aplicarse a partir de ese momento". Aunque en ese punto, Europa se abre a excepciones y señala que "los Estados miembro podrán establecer un límite máximo del 25% o autorizar al sujeto pasivo a seguir beneficiándose de la franquicia".