Legal
Los inversores deberán contar con un certificado de residencia digital para recuperar las retenciones sobre sus dividendos en la UE
- Los intermediarios financieros constarán en un registro nacional
Xavier Gil Pecharromán
El Parlamento Europeo tramitará en los próximos meses distintas medidas para acortar los periodos y facilitar los trámites de las devoluciones correspondiente a las retenciones realizadas en otros estados miembros de la UE diferentes al de residencia por la percepción de dividendo, cuya herramienta básica será el certificado de residencia digital armonizado.
Cuando un residente de la UE realiza una inversión en valores en otro Estado miembro, los pagos recibidos a cambio (dividendos o intereses) normalmente están sujetos a una retención en origen en el país de la inversión (país de origen), antes de estar sujetos a impuestos en el país del residente.
La normativa en los Estados miembros es muy diversa y dispersa, los tipos de retención van desde el 7% al 30%, y los procedimientos son extremadamente variados, lo que da como resultados que muchas personas físicas y pequeñas sociedades acaben renunciando a reclamar la devolución, asumiendo una doble imposición que desincentiva la inversión transfronteriza.
Para garantizar un proceso armonizado para la emisión de certificados de residencia y eliminar el en gran medida proceso basado en papel, se introducirá un certificado de residencia digital común para contribuyentes (eTRC).
Al igual que los actuales certificados de residencia nacional. Este certificado proporcionará información para identificar a un contribuyente y confirmar que es residente en un determinado Estado miembro de la UE. Para garantizar su reconocimiento en toda la UE, su contenido será armonizado y con un modelo común.
El Europarlamento insistirá, además, en la inclusión de una serie de salvaguardias para detener el fraude fiscal. Así, determinados intermediarios financieros deberán registrarse en un registro nacional, convirtiéndose así en intermediarios financieros certificados (CFI). El requisito de crear registros nacionales de CFI solo se aplicaría a aquellos Estados miembros que proporcionan desgravación sobre el exceso de retención en origen sobre los ingresos por dividendos a residentes en otro Estado miembro.
Según cálculos de la Comisión Europea, estas medidas supondrán un ahorro para los inversores de 5.170 millones de euros anuales, además de facilitar el trabajo de los intermediarios financieros que ahora trabajan con un total de 450 formularios diferentes.
La propuesta está sujeta al procedimiento legislativo especial, que requiere el apoyo unánime del Consejo, previa consulta al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo.
Estas medidas se basan en la propuesta Faster de la Comisión Europea que propone aplicar un sistema de alivio en origen y un sistema de reembolso rápido, con ambos procedimientos se trata de acelerar y facilitar la desgravación de las retenciones fiscales para el inversor, promoviendo así la inversión transfronteriza en la UE.
Se prevé que la normativa esté transpuesta a los sistemas legislativos de los Veintisiete antes de 2027.