Legal

Las relaciones asociativas con trabajadores en los sindicatos son laborales

  • Muchos de los contratos vigentes con empleados en los sindicatos se ven en peligro tras esta sentencia
  • El TSJ de Madrid considera que las leyes están por encima de los estatutos sindicales
Foto: Istock

Xavier Gil Pecharromán

Un trabajador que ha firma comunicaciones de que mantiene una relación asociativa con un sindicato, pero está dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y tiene suscrito un contrato de trabajo, lo que mantiene es una relación laboral y no asociativa, según establece el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia de 14 de septiembre de 2022.

La ponente, la magistrada Ruiz Pontones, destaca que no consta que el trabajador ostente un cargo de representación sindical, es un empleado que realiza un trabajo para el sindicato, bajo las órdenes e instrucciones del mismo y no ostenta cargo orgánico ni representativo.

Alfredo Aspra, abogado laboralista y socio director en Labormatters Abogados explica que "este es un precedente muy destacable para los sindicatos, algunos de los cuales tienen muchos trabajadores en las mismas condiciones laborales".

Aspra añade que "en este procedimiento no se está enjuiciando la actividad de un sindicato y en el ejercicio de su actividad sindical sino la relación de una persona que presta servicios para el empleador (el demandado, que es un sindicato) y el hecho que se declare que la relación es laboral y que ha existido un despido y no una finalización de una relación civil, no supone la violación de la libertad sindical".

El trabajador recibió una carta de despido firmada por la Secretario de Organización en la que le comunicaba que las funciones que había desarrollado hasta la fecha estaban definidas por el órgano competente y definían su naturaleza de vínculo asociativo no laboral, cuyas funciones son la actividad sindical.

Con estos argumentos, la magistrada condena a al sindicato a pagar casi 60.000 euros al trabajador al que despidió por burofax y sin ninguna indemnización, pese a que éste llevaba más de 14 años en el sindicato y había cumplido ya los 60 años.