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Pizza para dos y música a todo volumen: así ha celebrado Dani Alves su absolución por el TSJC

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto al futbolista Dani Alves, que había sido condenado a cuatro años y medio de cárcel por violar a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona en diciembre de 2022. Una inesperada decisión que ha sorprendido a los seguidores del caso y, cómo no, a los propios interesados, que la han recibido con los brazos abiertos: "Estamos felices", ha trasladado Joana Sanz, mujer de Alves, al programa de Ana Rosa. La modelo ha celebrado la buena noticia junto a su marido en su domicilio familiar.

No han sido grandes fastos, solo una velada para dos en la casa de Esplugues de Llobregat que comparten desde hace años. Hasta allí ha se ha trasladado el futbolista tras recibir la absolución del TSJC en compañía de su abogada, Inés Guardiola, que ha desvelado a Mayka Navarro la reacción del brasileño: "Estaba emocionado, ha estado toda la mañana llorando. Ha agradecido la sentencia a Dios, porque se ha hecho justicia". Alves ha entrado a su casa solo y poco tiempo después recibía a un repartidor de pizzas, un almuerzo que ha compartido con su mujer, Joana Sanz, en el interior de la vivienda. Los fotógrafos apostados a las puertas de su chalé aseguran que se escuchaba música a gran volumen y que ni amigos ni familiares se han acercado al domicilio.

Una resolución inesperada

Dani Alves había sido condenado a cuatro años y medio de prisión por la presunta violación de una joven en una discoteca de Barcelona en diciembre de 2022. Tras pasar un año en la cárcel de Brians II y pagar una fianza de un millón de euros, obtuvo la libertad condicional que le obligaba a firmar en el juzgado una vez por semana y le impedía salir de España.

Este viernes, la sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJC ha resuelto los recursos que la Fiscalía, la víctima y la defensa del jugador presentaron contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona de febrero de 2024, desestimando los recursos de la Fiscalía (pedía elevar la pena a 9 años) y de la acusación particular (solicitaba subir la pena a 12 años) y absolviendo al acusado. Los magistrados no dan credibilidad a la denunciante y reprochan al tribunal que condenó al deportista los "vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos" de su sentencia. El alto tribunal catalán concluye que la sentencia inicial del caso cae en un "enredo expositivo" y presenta "una serie de vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos, la valoración jurídica y sus consecuencias".

La sentencia del TSJC llega este viernes como un varapalo a la resolución de la Audiencia de Barcelona y, en especial, a la denunciante, cuyo relato ha dejado de ser suficiente. La víctima define su encuentro con Alves como una violación. El TSJC, en cambio, sostiene que lo que ocurrió en los baños de la discoteca catalana fueron "relaciones sexuales" consentidas. "La relación sexual se produjo en un modo no concordante a lo relatado por la denunciante", concluyen, en base a la prueba pericial dactiloscópica y la biológica de ADN. La sentencia dicta, además, que "de la prueba practicada, no se puede concluir que se hayan superado los estándares que exige la presunción de inocencia" y recuerda que la doctrina constitucional exige un "canon reforzado de motivación" en las sentencias condenatorias.

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