Industria
Subida salarial del 3,3% en el convenio colectivo de la industria del textil y confección
- Se crea el concepto de Salario Mínimo Garantizado y el de Salario Referente del Grupo Profesional
- Se establece una reducción de jornada de 20 horas máximo
- El preacuerdo se produce in extremis dado que había convocatoria de huelga sectorial convocada para el 28 de enero por parte de CCOO
Eva Sereno
Zaragoza,
CCOO y UGT han alcanzado con la patronal un preacuerdo con la patronal de la industria textil y confección para los años 2024, 2025 y 2026 en el que se recoge una subida salarial del 3,3% durante cada uno de los años de vigencia.
El preacuerdo, que se ha alcanzado in extremis dado que el día 28 de enero había convocada huelga desde CCOO, incluye también una cláusula de revisión del IPC con un tope de un 1% adicional al incremento pactado cada año. De acuerdo con el texto, la cláusula tendrá carácter retroactivo al 1 de enero de cada uno de los años establecidos en el convenio.
El preacuerdo introduce el Salario Mínimo Garantizado (SMG), que estará por encima del Salario Mínimo Interprofesional. De este modo, este nuevo concepto supone un aumento del 2% sobre el SMI, que afectará a las categorías de los grupos de los anexos y subsectores con salarios más bajos (confección o género de punto, entre otros).
En cuanto al Plus de No Absentismo, se percibirá de forma íntegra al pasar a ser un concepto fijo, salvo anexo de alfombras que se rige por una fórmula distinta. Asimismo, se establece un aumento salarial adicional para las categorías profesionales de los grupos B y C de los anexos y subsectores más bajos en los que se habían solapado por los efectos SMI con las categorías del grupo A. Será del 4,5% adicional para las del grupo B y del 5% para las del grupo C.
También se ha creado el concepto de Salario Referente del Grupo Profesional, que corresponde a la categoría con el salario más alto de cada grupo profesional con el fin de que el resto tengan que equipararse a razón de un 2% anual. De este modo, las personas afectadas percibirán el 5,3% anual durante estos tres años.
El preacuerdo incluye otra serie de medidas. Por ejemplo, se ha establecido una reducción de jornada máxima de 20 horas al año, de manera que serán 10 para 2025 y 10 para el año 2026 para las personas con jornada continua.
El texto recoge otros puntos como la ultraactividad indefinida y la denuncia automática del convenio, aparte de ampliarse el contrato por circunstancias de la producción de seis a doce meses. Finalmente, se ha creado una comisión de redacción para incluir otras cuestiones de adaptación legal como la contratación, permisos, protocolo de acoso, violencia de género o las medidas LGTBI.