Fútbol
El origen real de la huelga de futbolistas: quieren mantener privilegios fiscales
Xavier Gil Pecharromán
Los futbolistas están que echan chispas y amenazan con una huelga por lo que consideran una persecución de Hacienda sobre sus derechos de imagen cedidos a sociedades y que desde el año 1997 no pueden superar el 15 por ciento sobre la suma de su salario y de la cantidad percibida por estos derechos.
Los inspectores de Hacienda justifican que la Agencia Tributaria tiene derecho a revisar estas cantidades porque al percibirse a través de sociedades se trata de lo que se llaman operaciones vinculadas en el Impuesto sobre Sociedades y, por tanto, su valoración debe efectuarse a precios de mercado y no al pactado entre las corporaciones y los propios deportistas.
Los futbolistas tienen un régimen laboral especial, que se consideran rendimientos de trabajo, pero también otras rentas que no proceden de la actividad deportiva, entre las que destacan las rentas por la explotación comercial de sus derechos de imagen.
Por ello, tributan, como cualquier profesional por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) -o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes- por sus rentas del trabajo. Sin embargo, desde la década de los ochenta, se puso de moda la venta de estos derechos a sociedades de las que el socio era el propio futbolista.
La intención era clara, tributar como sociedades, lo que suponía pagar menos impuestos gracias a la diferencia entre los tipos del IRPF y el de Sociedades (hasta el 56 por ciento en el primero y el 35 por ciento en el segundo). El dinero de las televisiones y del mundo del ocio iba directamente a las sociedades y no a los deportistas.
La medida se generalizó a toda velocidad y hubo deportistas que llegaron a percibir más de la mitad de sus emolumentos en derechos de imagen, lo que llevó al Gobierno de Aznar a incluir en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado una disposición según la cual se consideran como rendimientos de capital mobiliario, los procedentes de las sociedades que son propietarias de los derechos de imagen de los deportistas, siempre que dichos rendimientos no superen el 15 por ciento del total de los ingresos.
Esto supone, que a partir del 15 por ciento, el deportista deberá tributar el resto por el Impuesto sobre Sociedades al 56 por ciento.
Hasta ahora, la situación se había mantenido sin sobresaltos y Hacienda había respetado que el 15 por ciento declarado por los jugadores. Las inspecciones se centraban en aquellas sociedades intermedias, domiciliadas en paraísos fiscales que trataban de dificultar las pistas de la relación entre la sociedad y el deportista para evitar que tributase o lograr que lo hiciese por cantidades ridículas.
En 2007 cambia el panorama
La perspectiva de Hacienda cambia cuando en 2007, en la Ley del Impuesto sobre Sociedades se regulan las operaciones vinculadas entre los socios y las empresas, que nacen para evitar una multitud de abusos, de pagos realizados por las sociedades a unos precios irrisorios, que reducían la tributación de sus socios y de sus familias.
Desde entonces, los inspectores vienen revisando que los precios declarados en este tipo de operaciones respondan a los normales de mercado, a los que se aplicarían si no existiese la vinculación. Últimamente, le ha llegado el turno a deportistas, cantantes, artistas, escritores y tertulianos, que actúan de la misma manera.
Los argumentos que los juristas consultados por elEconomista consideran es que Hacienda está en su derecho de comprobar los precios de transferencia de las operaciones vinculadas, pero defienden que los Inspectores están considerando que las sociedades tienen unos ingresos que son en su totalidad achacables al deportista, sin tener en consideración el riesgo que como en cualquier otra empresa afrontan estas sociedades en el caso de que el jugador pierda la titularidad en el equipo o sea traspasado a un equipo de menor categoría con la correspondiente caída de sus ingresos por imagen, un riesgo como el que afronta cualquier mercantil.