Jueces, fiscales y personal de la Administración de Justicia recuperarán sus días de permiso perdidos
- El PP presenta una propuesta de Ley Orgánica para acabar con los recortes
- La medida es fruto de la mediación de Catalá y el Ministerio de Justicia
Xavier Gil Pecharromán
Jueces fiscales, letrados y personal de la Administración de Justicia recuperarán los días de permiso que perdieron por la crisis económica, según consta en una proposición de ley orgánica presentada ayer por el Grupo Popular en el Congreso de los Diputados, a la que ha tenido acceso elEconomista.
La propuesta es fruto de un intensivo trabajo de negociación del Ministerio de Justicia, en especial de Rafael Catalá, titular de la Cartera con representantes de las principales asociaciones profesionales de este ámbito, con fines de mediación, y con otros departamentos de la Administración, fundamentalmente con el Ministerio de Hacienda, para convencerles de que se han ido superando las circunstancias extraordinarias por las que se adoptaron las limitaciones impuestas en 2012.
De esta forma, se considera que ya es posible restablecer las condiciones que regían antes de la crisis económica, tanto en lo que se refiere a jueces y jagistrados como, por extensión, a los integrantes del Ministerio Fiscal, letrados de la Administración de Justicia y personal al servicio de la Administración de Justicia, en tanto no hayan sido recuperados con anterioridad.
Se dispone en la proposición Popular, que en relación con las vacaciones anuales del artículo 371.1 la recuperación de los días adicionales por razón de antigüedad, así como la recuperación de los 18 días de permiso por asuntos propios del artículo 373.4, con la consecuente derogación del apartado 8 del artículo 373.
En cuanto al resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, se procede a restituir la situación previa a la adopción de las medidas derivadas de la crisis económica. Para ello se recupera la redacción del artículo 503.1, dada por el artículo único, apartado 124, de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.
Por otra parte, se estima necesario equiparar la regulación del permiso de paternidad, singularmente en lo relativo a su duración, asumiendo el mismo período de disfrute de cuatro semanas que se ha establecido con carácter general en el Estatuto Básico del Empleado Público y, de otro lado, adaptar las previsiones de la Ley Orgánica del Poder Judicial a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, según el cual las referencias al acogimiento preadoptivo deben de entenderse hechas a la guarda para la convivencia preadoptiva.
Finalmente, el Grupo Popular considera aconsejable que las mejoras que, en lo sucesivo, se produzcan en esta materia en el ámbito de las Administraciones Públicas y que, en definitiva, afectan a la conciliación de la vida familiar y laboral, se trasladen de manera inmediata al ámbito de la Administración de Justicia, en especial por lo que se refiere a jueces, magistrados y fiscales, a través de su reflejo inmediato en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.