Firmas
El búmeran del artículo 155
Julio Anguita
El artículo 155 de la Constitución es uno de esos cuyo contenido no ha sido desarrollado por una Ley Orgánica, y en consecuencia su aplicación debe atenerse a lo que contiene su redacción. En el apartado 1 se dice que, tras la aprobación por el Senado, el Gobierno podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a una Comunidad al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones.
En el 2, se puede leer que para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de la Comunidad. Ni la más retorcida interpretación del citado artículo 155 permite sostener que el cese del Govern es una medida emanada del texto constitucional.
Pareciera como si Rajoy y sus aliados quisieran rivalizar con el Parlament en cuanto a chapuzas legales y conculcaciones de los procedimientos democráticos más elementales para el funcionamiento del Estado de Derecho. A la alocada, frívola y poco madurada puesta en marcha del procés se ha respondido con una exhibición de testosterona no menos fuera de lugar, tanto política como legalmente.
La versión política del ¡a por ellos oé! con sus apoyos mediáticos y algunos "espontáneos" callejeros de ideología "imperial" han desterrado a la prudencia. En los últimos diez días han venido apareciendo grietas en el bloque independentista. Los intereses de clase terminan por manifestarse y ya las fuerzas políticas del estatus económico y social (español y catalán) se han resentido por las consecuencias económicas.
Rajoy, especialista en lanzar con evidente impericia bumeranes contra Cataluña, ha encontrado en sus dos acólitos (kamikaze uno y desnortado el otro) compañeros para este envite, con el que consiguen reforzar el independentismo. Lo trágico de este asunto es que el búmeran número 155 va a impactar contra todo, especialmente contra las esperanzas puestas en el diálogo y la inteligencia política. Es trágico comprobar cómo los pirómanos se han hecho pasar por bomberos.