Energía

Así funciona el bono social de luz: cómo solicitarlo y los plazos para renovarlo

    Clientes revisando su factura. Imagen: iStock

    Laia Julbe

    Todavía hay un gran número de hogares españoles que desconoce en qué consiste el bono social eléctrico, aunque sus beneficiarios ya superan el millón. Por eso no es de extrañar que fuese el tema más buscado en Google en materia energética el año pasado, con una media de 17.000 búsquedas mensuales, según un estudio publicado por Selectra.

    El Panel de Hogares de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), publicado a finales de 2019, apunta que en torno a un tercio de los hogares españoles desconoce la existencia de esta ayuda social que implica un descuento en la factura eléctrica y del que pueden disfrutar determinados colectivos como consumidores vulnerables o familias numerosas.

    Universos: Hogares y hogares que conocen el bono social. Fuente: CNMCData.

    En concreto, el mayor pico de búsquedas del año se dio en mayo de 2019, momento en que el Ministerio para la Transición Ecológica comenzó a remitir las cartas comunicando la concesión del bono social a 1,2 millones de beneficiarios. En un año, el número de beneficiarios ha crecido en torno a los 200.000. 

    Quienes se interesaron por el bono social de luz, también lo hicieron por el bono social térmico y por el término IPREM -Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples-. Esto último se debe a que el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre que regula el nuevo bono social hace referencia a este concepto como criterio para conceder la ayuda.

    El estudio de Selectra apunta a que el máximo histórico de búsquedas en Google sobre este tema se dio en septiembre 2018. El 8 de septiembre de ese año, la CNMC lanzaba un comunicado urgiendo a los usuarios a solicitar el nuevo bono social ya que, según exponía, "solo 650.000 usuarios habían solicitado el nuevo bono social, frente los 2,5 millones de clientes que eran beneficiarios del antiguo bono social". 

    Pero, ¿qué es el bono social?

    El bono social es un descuento que se aplica sobre el llamado PVPC, que significa precio voluntario para el pequeño consumidor, a un límite máximo de energía en el periodo de facturación y además te da derecho a acceder al bono social térmico

    Aunque un 66% de los hogares españoles dice conocer la existencia del bono social eléctrico una gran parte desconoce los requisitos para acceder a esta ayuda.

    ¿Quién puede solicitar el bono social y qué requisitos debe cumplir?

    Podrá acceder al bono social cualquier persona considerada "consumidor vulnerable", "consumidor vulnerable severo" o "consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social" además de todas las familias numerosas sin excepción. ¿Pero qué significa ser un "consumidor vulnerable" en todas sus variantes? En la página web de la CNMC puedes consultar qué particularidades hay que cumplir en cada caso, para ser así considerado.

    El bono social solicitado se aplicará durante un periodo de dos años

    También podrán disfrutar de este descuento el propio consumidor, o aquella unidad familiar en la que todos los miembros que tengan ingresos sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente siempre que perciban la cuantía mínima vigente en cada momento para cada tipo de pensión y que en el caso de percibir otros ingresos, que la cuantía agregada anual no supere los 500 euros. 

    Eso sí, todos estos grupos susceptibles de beneficiarse de esta ayuda tendrán que cumplir una serie de requisitos fijos

    - Ser una persona física

    - El punto de suministro debe ser el de la vivienda habitual

    - El titular debe estar acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) o, en caso de no estarlo, debe aceptar la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido a PVPC.

    - La potencia contratada para dicho punto de suministro debe ser igual o inferior a 10kW.

    ¿Y qué descuento me correspondería?

    La rebaja dependerá de la situación de cada beneficiario. El descuento aplicable al consumidor vulnerable será del 25% sobre el PVPC y en el caso de reunir las condiciones de consumidor vulnerable severo, el descuento será del 40%.

    Para saber los límites de energía sobre los que se aplicará el descuento correspondiente, pincha aquí. El consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social no abonará en ningún caso el importe de la factura.

    ¿Cuándo empezarán a aplicarme el bono social y por cuánto tiempo?

    El bono social solicitado se aplicará durante el plazo de dos años, siempre que con anterioridad no se produzca la pérdida de alguna de las condiciones que dan derechos a su percepción.

    Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.

    En breve empezarán a 'caducar' los primeros bonos que aprobaron las eléctricas a principios de 2018, por lo que a los beneficiarios que siguen cumpliendo los requisitos les toca solicitar de nuevo la ayuda.

    En cualquier caso, el consumidor está obligado a comunicar al comercializador cualquier cambio que suponga la pérdida de la condición de consumidor vulnerable, en el plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio.

    Una vez hecha la solicitud, el comercializador dispone de 15 días hábiles para comunicar al solicitante el resultado

    El comercializador dispone de 15 días hábiles, desde la recepción de solicitud del bono social junto con la documentación completa, para comunicar al solicitante el resultado de las comprobaciones efectuadas. Además, en caso de denegación, el comercializador debe indicar los motivos de la misma.

    El bono social se aplicará en la primera factura recibida tras la solicitud, siempre y cuando haya sido emitida al menos en los 15 días hábiles posteriores a la recepción de dicha solicitud. En caso contrario, la aplicación empezará en la factura inmediatamente posterior. Consulta como renovar el bono social una vez finalizado el periodo de dos años.

    ¿Qué documentación debo presentar?

    En un extenso artículo la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recoge toda la documentación necesaria, aunque básicamente hay que completar de inicio un formulario por el titular y el resto de la unidad familiar. Junto a este documento firmado, habrá que aportar fotocopia del NIE o NIE del titular y del resto de la unidad familiar y, en éste último caso, tocará aportar el libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. En caso de no formar parte de una unidad familiar, hoja individual del Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.

    Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar, fotocopia del título de familia numerosa. En el caso de los hogares con circunstancias especiales se deberá consultar con la comunidad autónoma correspondiente (teléfono de información 012) dónde y qué documentos aportar. 

    En el caso de que al consumidor se le haya denegado el derecho al bono social, o no esté de acuerdo con la aplicación del mismo, podrá acudir a los servicios de consumo correspondientes, según lo establecido en la normativa de defensa de los consumidores.