Empresas y finanzas

Bono social: las Comunidades Autónomas podrán paralizar los cortes eléctricos

  • Podrán cambiar los contratos de las familias tuteladas sin penalización

Tomás Díaz

Las Comunidades Autónomas podrán saltarse los contratos suscritos entre las eléctricas y los consumidores si se va a ejecutar un corte de suministro. Las empresas informarán a las autonomías de los impagos y éstas, si los deudores reciben ayuda de los servicios sociales, podrán adoptar las medidas necesarias para evitar la desconexión. l Las eléctricas tendrán que informarle si tiene derecho al bono social

El documento que el Ministerio de Energía ha remitido a las Comunidades Autónomas sobre el desarrollo reglamentario del bono social, al que ha tenido acceso elEconomista, emplaza a las autonomías a habilitar un "centro directivo" para recibir y gestionar la información que semanalmente deberán remitirles las comercializadoras eléctricas sobre los impagos que sufran y los cortes de suministro previstos.

Las autoridades comprobarán que esos morosos no están bajo protección de los servicios sociales y, en caso de que lo estén, podrán mediar para evitar las interrupciones. Lo más habitual, indica el documento, será gestionar la incorporación del consumidor al Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC) sin penalización alguna, lo que ampliará el plazo de ejecución del corte de dos a cuatro meses y permitirá aplicar el descuento que corresponda.

Descuentos según el Iprem

El documento indica que los hogares vulnerables susceptibles de recibir el bono social, aquellos con una potencia menor a 3 kW, los que perciban una pensión mínima, las familias numerosas o los que tengan todos sus miembros en paro; modularán su descuento sobre el PVPC en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), que está congelado desde 2010 y se sitúa en 532,51 euros mensuales.

Aún no se ha determinado en qué proporción se aplicará el Iprem a cada categoría y fuentes del Ministerio informan de que ese es uno de los puntos a decidir con las autonomías. El documento sí especifica, en cambio, que se tendrán en cuenta circunstancias especiales, como el grado de discapacidad, y que la nueva categoría de "vulnerables severos", a los que no se podrá suspender el suministro, corresponderá a los hogares cuya renta mensual sea inferior al 50 por ciento del Iprem aplicable a su categoría.