Empresas y finanzas

Competencia multa a EDP con 900.000 euros por cláusulas abusivas


    Tomás Díaz

    La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido multar con 900.000 euros a EDP por haberle cobrado 2.400 euros a un cliente en baja tensión que decidió cambiar de compañía eléctrica.

    La resolución de la CNMC a la que ha tenido acceso elEconomista, indica que EDP vulneró la normativa de protección al consumidor, cometiendo una infracción tipificada como "grave" al aplicarle penalizaciones por rescisión de contrato contrarias a lo establecido.

    EDP argumentó durante el proceso que su antiguo cliente no era un consumidor vulnerable, sino una empresa que contrataba el suministro de energía en el mercado libre y que asumía las condiciones estipuladas entre las dos partes. También explicó que la existencia de clausulas de penalización por rescisión anticipada del contrato buscan evitar el perjuicio que le puede ocasionar el tener que deshacer las coberturas de riesgo vinculadas a la adquisición de energía para cumplir los contratos.

    La CNMC, en respuesta, aclara que la regulación pretende impedir que los comercializadores puedan restringir la libertad de elección de los consumidores vinculándolos en contratos con largos períodos de duración. A pesar de que, efectivamente, en el caso que se analiza había una relación comercial libre, ésta se realizaba en suministros de baja tensión, ámbito en el que la rescisión puede hacerse con un preaviso de 15 días sin que proceda aplicar penalización alguna. 

    En conclusión, la CNMC sanciona a EDP con 900.000 euros y le obliga a eliminar las clausulas de penalización por rescisión anticipada en sus casi 3.000 contratos de suministro en baja tensión (tarifa 3.0A) a empresas y grandes cuentas.