Empresas y finanzas

El Supremo tumba el ERE de Coca-Cola y anula los 821 despidos en contra del fiscal


    Javier Romera

    Coca-Cola vuelve a chocar con al justicia. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del pasado mes de junio de la Audiencia Nacional y ha anulado de forma definitiva el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) presentado por Iberian Partners, el nuevo embotellador único del gigante de refrescos. Todo ello tras ratificar además en el fallo que la empresa ha vulnerado el derecho de huelga de los trabajadores.

    El ERE afectaba en total a 1.190 empleados y supuso el cierre de las fábricas de Madrid, Mallorca, Alicante y Asturias. Coca-Cola Iberian Partners ejecutó finalmente 821 despidos, 236 de ellos forzosos, los correspondientes a la planta de Fuenlabrada.

    Tal y como había dicho la Audiencia, el Pleno del Supremo considera que la forma de proceder "sin ni siquiera haber informado a los trabajadores del cambio de empresario (tras la fusión de las siete embotelladoras españolas en la nueva Iberian Partners) no puede en modo alguno considerase conforme con una mínima exigencia de buena fe negocial", por lo que concurre por ello "causa de nulidad del despido colectivo".

    Los magistrados entienden, además, que, durante la huelga convocada en contra del despido por el cierre del centro de Fuenlabrada, la empresa sustituyó la producción dejada de realizar por la de otras embotelladoras del grupo, perjudicando así el adecuado desarrollo del período de consultas.

    La sentencia, de modo complementario, resuelve dos extremos de carácter procesal: en los despidos colectivos declarados nulos, la condena a la readmisión debe llevar unida la condena al abono de salarios de tramitación.

    Coca-Cola Iberian Partners ha emitido un comunicado en el que recuerda que la sentencia del Supremo se produce en contra el informe del Ministerio Fiscal, pero insistiendo del mismo modo en que acatará y cumplirá la sentencia. El informe del fiscal, al que ha tenido acceso elEconomista, señalaba que la Audiencia había declarado la nulidad del ERE porque Iberian Partners vulneró derechos fundamentales, como el de huelga, al modificar las rutas de distribución para abastecer a la plataforma que abastecía de producto la fábrica de Fuenlabrada, pero sin tener en cuenta que el cierre de dicha planta estaba programado antes por motivos organizativos. En opinión del fiscal, esa acción puede ser sancionable "por vulneración del derecho de huelga, pero no puede ocasionar la nulidad del despido colectivo".

    La única salida a partir de ahora para Coca-Cola Iberian Partners será la presentación de un nuevo Expediente de Regulación de Empleo, que deberá negociar de nuevo con la plantilla. O eso o volver a reabrir las fábricas, algo a lo que la compañía se opone, en principio, a toda costa.