Primer varapalo judicial al reglamento anti Uber y Cabify del Área Metropolitana de Barcelona (AMB). El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha frenado el intento de la alcaldesa Ada Colau de ir más lejos que la Generalitat a la hora de limitar y regular la actividad de las VTC en la Ciudad Condal y ha ordenado suspender cautelarmente varios artículos de su reglamento (3, 4 y 11) por atentar contra el libre establecimiento de las empresas, ser discriminatorio, e imponer limitaciones por encima de sus competencias, ya que el Real Decreto-ley 13/2018 impulsado por Ábalos da una moratoria de seis años para que las VTC operen libremente. En concreto, la Justicia ha anulado cautelarmente la obligación de contratar una hora antes de "su prestación efectiva" los servicios de los vehículos con licencia VTC. La regulación, que va un paso más allá que la Generalitat y que fijó la precontratación en 15 minutos, es según el TSJC, "discriminatoria frente a los servicios de taxi prestados previa llamada telefónica o mediante aplicación informática". En este punto, el magistrado recuerda que la petición de esta medida cautelar no se puede hacer extensible a la del Decreto-ley de la Generalitat, que sigue plenamente vigente.Asimismo, el juez asegura en el auto al que ha tenido acceso este diario que los preceptos que se recogen en el reglamento no son "compatibles" con la libertad de establecimiento que defiende el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), ya que "entrañan una ventaja o ayuda a uno de los sectores implicados: el taxi". Es decir, que la precontratación temporal es desproporcionada y discriminatoria al no imponerse a los taxistas también. Esta interpretación abre la puerta a que la precontratación de 15 minutos que recogen varios reglamentos autonómicos llegue a incluir al taxi en todos los servicios que no se cojan en la calle. El magistrado ha suspendido también la obligación de registrar digitalmente cada viaje contratado y la de tener una doble autorización para poder operar en el centro de la ciudad. Según se explica en el auto, el registro metropolitano y la obligación de llevar un adhesivo para circular se han establecido para que "puedan convertirse en un régimen autorizatorio encubierto y sobrepuesto al de carácter autonómico o estatal". "La interpretación conjunta de las normas sugiere un escenario en el que el alta en el registro metropolitano obedecerá, en realidad, a una solicitud que carecerá de efecto alguno hasta que al interesado no le haya sido entregado por la AMB el adhesivo identificativo de rigor", apunta el TSJC en el auto. Nada cambia para CabifyPese a que no va a hacer falta esperar una hora entre que se contrata el servicio y su prestación efectiva, tal y como exige el reglamento de la AMB suspendido parcialmente, el panorama en la Ciudad Condal no va a cambiar para Cabify, ya que la precontratación de 15 minutos sigue vigente y el reglamento de Colau iba a entrar en vigor el 15 de julio. Así, la plataforma va a seguir operando en Barcelona con los contratos de un año.El juez ha suspendido los artículos 3, 4 y 11 después de que una asociación de VTC tradicionales, Luxury, lo solicitara en un recurso presentado contra el reglamento que también obliga a este tipo de licencias a librar determinados días, como los taxis. "Queriéndose cargar los días de fiesta al final se cargan la precontratación y salimos todos perjudicados", asegura el portavoz de Elitetaxi, Alberto Álvarez, que, a su vez, ha anunciado una ruptura de las relaciones con la asociación "a la que siempre hemos apoyado". En este sentido, Elite ya está preparando un recurso contra el auto, para lo que tienen cinco días.