Considera el paro como "causa extraordinaria"El juzgado mercantil 6 de Barcelona ha exonerado a Ryanair de indemnizar económicamente a los pasajeros afectados por las cancelaciones de vuelos a causa de una huelga interna al considerar que se trata de "causas extraordinarias" que la aerolínea irlandesa no puede controlar. La sentencia expone el caso de una pareja que había contratado un vuelo con la aerolínea en el trayecto Oporto-Barcelona el 1 de abril de 2018, jornada en la que se produjo una huelga del personal de tripulación de cabina convocada por el sindicato portugués Snpvac. La pareja reclamaba a la aerolínea 500 euros más intereses y costas alegando que no recibieron asistencia y tuvieron que adquirir billetes con otra compañía para llegar a su destino. Por su parte, Ryanair defendió que la huelga convocada era una causa extraordinaria que "no podría haberse evitado aunque se hubieran adoptado todas las medidas oportunas", y expuso que comunicó a los demandantes la cancelación con una antelación razonable y que ofreció un desplazamiento en vuelo alternativo, así como el reembolso online del coste de los billetes, de 161,98 euros. El magistrado concluye que la huelga era una circunstancia extraordinaria, que Ryanair tomó las medidas correspondientes para minimizar su impacto y por ello desestima la demanda y exonera a la aerolínea del pago de la indemnización; la sentencia es firme y no cabe recurso. Ryanair celebró ayer el fallo del magistrado, informa Ep.