La Comunidad de Madrid desistió del procedimiento de adjudicación en 2015El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por Acciona y OHL contra la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de noviembre pasado en la que dio la razón a la Comunidad de Madrid en el contencioso que les enfrenta por el proyecto de construcción y explotación de la denominada Ciudad de la Justicia, según explican fuentes jurídicas. El Alto Tribunal ha admitido todos los motivos esgrimidos por las constructoras en su recurso, una circunstancia que "no es habitual", señalan las mismas fuentes. El TSJM falló a favor de la Comunidad de Madrid en su recurso contra la resolución previa del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la región. Éste había declarado nula la orden de la Consejería de Presidencia y Justicia por la que se desistía del procedimiento de adjudicación del contrato para la redacción, ejecución y explotación del proyecto Ciudad de la Justicia. El TSJM, sin embargo, consideró que existen infracciones "no subsanables" en las normas de preparación del contrato. A su llegada al Gobierno regional, la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, tumbó el proyecto de la Ciudad de la Justicia, ideado por su antecesor, Ignacio González, y que pretendía concentrar 356 órganos judiciales en un macrocomplejo de unos terrenos en Valdebebas, al norte de Madrid. El proyecto contemplaba un desembolso de 1.752 millones de euros por parte de los presupuestos autonómicos. El argumento del Ejecutivo de Cifuentes fue que aún no se había resuelto un litigio con Isolux Corsán por el proyecto previo del Campus de la Justicia, promovido bajo el mandato de Esperanza Aguirre y del que solo se construyó un edificio. La sentencia del TSJM resolvió que la concesión para construir la Ciudad de la Justicia no determinaba "con precisión" el objeto del contrato que es "de todo punto incompatible física, arquitectónica, jurídica y económicamente" con el que ya se había adjudicado en 2007 a Corsán-Corviam para construir los Juzgados de lo Social y Mercantil. Según el tribunal, la Comunidad de Madrid debió resolver de forma previa a iniciar un nuevo proceso "todos aquellos contratos que suponían de facto una duplicidad de objetos para poder definir con precisión las necesidades reales a cubrir". Sin embargo, no lo hizo y el Ejecutivo de Ignacio González aprobó adjudicar el proyecto en junio de 2015, antes de que Cifuentes tomase posesión, sin precisar el objeto del contrato, lo que supone una "infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato" que legitima el desistimiento posterior. Ante aquella sentencia, Acciona y OHL acudieron en enero al Supremo. El TS atiende el recurso de casación para decidir si, a la luz de la legislación vigente -incluida la nueva Ley de Contratos del Sector Público-, "previamente a la licitación e inicio del procedimiento de adjudicación de un contrato administrativo cuyo objeto coincide total o parcialmente con otro u otros contratos que fueron licitados y adjudicados anteriormente es preciso que el órgano de contratación proceda a la resolución de éstos últimos total o parcialmente incompatibles con el primero, y en el caso de que no se haya operado así, si dicha circunstancia supone la concurrencia de una infracción o vicio insubsanable de las normas de preparación del contrato que han de dar lugar al desistimiento del procedimiento de adjudicación del mismo".