Asegura que el cambio de las condiciones es un "indicio de relación laboral"La Inspección de Trabajo acorrala a Deliveroo por tener trabajando a falsos autónomos. Tras las últimas sanciones impuestas en Valencia y Madrid, los inspectores reclaman ahora a la compañía 1,3 millones de euros por incumplir la legislación laboral vigente, en el Régimen General de la Seguridad Social. Pero es que en esta ocasión hay además novedades muy relevantes. Hasta ahora la compañía había alegado siempre que las actas se estaban levantando frente un modelo pasado, basado en un contrato con los riders que ya no estaba vigente en la empresa. Deliveroo argumentaba así que en los nuevos contratos se reconocía a los repartidores la condición de Trades, es decir Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes. El problema es que, según la Inspección, con este hecho la compañía está reconociendo ya que existe una relación laboral. Adrián Todolí, abogado y autor del libro El trabajo en la era de la economía colaborativa, explica que "en efecto, los cambios unilaterales de contrato o de condiciones al trabajador son una manifestación de poder unilateral del empresario y, por ello, un indicio de laboralidad en sí mismos". Todolí apunta en este sentido que "las empresas parecen jugar a una especie de ensayo-error para encontrar la fórmula que les permita tener trabajadores autónomos a su servicio cambiando las condiciones contractuales y organizativas hasta encontrar aquella que les sirva para defender su modelo de todos los autónomos". En el caso de Deliveroo, de hecho, ha cambiado al menos tres veces en menos de dos años. En este punto, otro claro indicio de laboralidad señalado por la Inspección de Trabajo en más de una ocasión es el control que Deliveroo tiene sobre los clientes, a los que los riders solo pueden acceder a través de la aplicación de la empresa, y sobre los horarios y las zonas de trabajo de los mismos. A su vez, impone normas de conducta y vestimenta a los repartidores. La empresa admite ahora que ante esta última resolución deberá modificar su estrategia. Y en este sentido, ayer dio ya un primer paso al asegurar que para poder seguir creando empleo y dinamizando, según dice la economía española, "trabajaremos para garantizar que la ley permita que empresas como la nuestra puedan ofrecer flexibilidad y aún más seguridad a sus repartidores". Relación laboral La compañía insiste en que ha sido la primera plataforma en ofrecer seguro gratuito y completo para todos los riders a nivel mundial y que su modelo ha logrado incrementar la facturación media de los restaurantes un 10 por ciento. "Nuestra apuesta es seguir creando las oportunidades de trabajo flexible que los riders solicitan", explica la empresa. La situación de Deliveroo se ha vuelto cada vez más complicada porque, al margen de las actas de la Inspección de Trabajo, los tribunales están dando también la razón a los trabajadores. En este sentido, en una sentencia del pasado 1 de junio el Juzgado de lo Social número 6 de Valencia falló por primera vez en contra de la compañía al concluir que los repartidores de la plataforma no son autónomos, sino trabajadores por cuenta ajena, con lo que la empresa ha de tributar por ellos. Al igual que está haciendo ahora la Inspección de Trabajo, en la sentencia del tribunal se declara la laboralidad del rider, admitiendo que es un falso autónomo, y condenando así a Deliveroo a pagarle la indemnización por despido improcedente.