La inacción del Ejecutivo en los Presupuestos provoca la reclamación oficial de la bancaEl Gobierno ha rechazado reclamar el dinero a los promotores del almacén: ACS y EscalBanco Santander, Caixabank y Bankia no están dispuestas a esperar más una solución sobre los pagos del almacén de gas Castor. Las tres entidades financieras presentaron ayer una "reclamación de responsabilidad del Estado" en la que solicitan la devolución de la cantidad financiada que no se ha recuperado y los daños por la parte pendiente de recuperar de los 1.350 millones, que destinaron a cubrir la indemnización por el cierre del Castor a Escal-UGS, sociedad controlada por ACS y la canandiense Dundee Energy. El pasado 22 de diciembre, una sentencia del Tribunal Constitucional anuló parte del Real decreto que instauró este sistema de pago, lo que en opinión de la banca acreedora no debe ocasionar "ninguna pérdida" a quien ha financiado a los poderes públicos para facilitar una medida de interés general. En este sentido, exponen que si no reciben la devolución de la financiación, el Estado se beneficiaría de la inconstitucionalidad a costa de las entidades financiadoras. En la reclamación, el Santander, CaixaBank y Bankia ofrecen al Gobierno alcanzar un acuerdo que permita llevar a cabo la devolución de una manera flexible, a fin de evitar un grave impacto en las cuentas del Estado o en los consumidores de gas, pero en este plazo de tres meses no han recibido ninguna propuesta por parte del Ejecutivo para poder recuperar los cobros que anuló, desde el pasado enero, la Comisión Nacional de Mercados y Competencia. Oferta de la banca Las tres entidades han ofrecido que, en lugar de devolver de modo inmediato todo el importe, el Estado lo pague de modo gradual, en los mismos términos y con las mismas condiciones -de tipo de interés y de plazo- en que estaba previsto en el Real Decreto-ley 13/2014. Con esta medida no se ocasionaría ningún daño adicional. De hecho, las entidades creen que no tiene que provisionar las cantidades pendientes, por contar con la garantía del Estado. La sentencia del Constitucional supone anular todos los contratos firmados entre Banco Santander, Bankia y Caixabank con el Tesoro, a través de un derecho otorgado a Enagas, y asimismo la legitimidad de los pagos por lo que una solución de este calibre también sería dudosa. Con este escenario, la opción que se barajó en un principio fue reclamar la devolución de los 1.350 millones a los promotores de forma que la deuda con los bancos pudiera liquidarse y poner el contador a cero para comenzar a negociar la indemnización final por la planta y justificarla, una de las exigencias del Constitucional, pero finalmente el Gobierno descartó esta opción. Otra de las posibilidades que existían era la habilitación de un crédito extraordinario por parte del Gobierno pero los costes financieros del mismo serían muy cuestionables al existir la opción de pedir la devolución a ACS. El Gobierno, finalmente, no ha tomado ninguna decisión y ha dejado incluso fuera de los Presupuestos Generales del Estado la otra posible solución. El Ejecutivo podía asumir el pago de los 90 millones que anualmente debía desembolsar el sistema gasista, recortando de otras partidas, pero este extremo, similar al planteado por la banca, ha sido también desechado y ha forzado a las entidades financieras a mover ficha ante la inacción del ministro de Energía, Álvaro Nadal ,y del secretario de estado de Presupuestos, Alberto Nadal, padre de la medida que fue anulada en su día por el Constitucional. El almacén de gas Castor costó casi el triple de lo previsto. Según las primeras estimaciones, que barajaron los promotores, iba a suponer un desembolso de 500 millones, frente a otras opciones como unos tanques en las regasificadoras que costaban 900 millones. La decisión del Constitucional abre la puerta a una revisión de las cantidades con las que se acordó indemnizar a los promotores del almacén que generó 500 terremotos en la costa de Castellón y Tarragona en 2014 o en su caso justificar las cuantía a pagar. El Tribunal consideraba que resultaba injustificada "la necesidad de que la compensación reconocida en aquel precepto legal haya de ser abonada "en un solo pago (...) en el plazo de 35 días hábiles desde la entrada en vigor de este Real-Decreto ley" y criticó que ni en el preámbulo del mismo, ni en el debate de convalidación celebrado en el pleno del Congreso, se ofreciese explicación alguna de este término "tan perentorio", aunque resultan de sobra conocidos los apuros financieros que en aquel momento tenía la sociedad del Castor para hacer frente al pago de unos bonos emitidos por Watercraft Capital. En particular, el Constitucional consideró que "no se explica qué función cumple ese plazo en relación con el presupuesto habilitante de la norma de urgencia: la necesidad de garantizar la seguridad de personas, bienes y el medio ambiente".