La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador contra Mediaset por posibles emisiones de publicidad encubierta, que supondría una vulneración del artículo 18.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). Según la CNMC, durante la emisión del programa Sálvame Limón/Sálvame Naranja emitido el 8 de noviembre de 2017 se presentó "una revista con finalidad publicitaria y promocional, con incitación directa a la compra de la misma, no solo visualmente sino por continuas referencias verbales al producto promocionado". Este hecho, siempre según la CNMC, puede "inducir a error a los telespectadores, pues a la vez que se informa o se debate sobre la noticia publicada en portada ese mismo día por la revista, también tiene lugar una promoción de la misma". Esta actuación podría suponer una infracción de carácter grave recogida en el artículo 58.8 de la citada Ley, que en caso de quedar acreditada su comisión en el presente procedimiento sancionador, podría suponer la imposición de una multa deesde 100.001 euros hasta 500.000 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 60.2 de la LGCA. Mediaset dispone de un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Este año, la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia ya sancionó a Mediaset con 35.850 euros por superar los límites de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, un incumplimiento del artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). Las infracciones se produjeron entre mayo y julio en los canales Cuatro, Telecinco y Boing.