Los especialistas en Derecho Constitucional y Penal, ante el debate sobre la prórroga del estado de alarma en el Congreso, considera que la violación de derechos fundamentales lleva a un camino peligroso en un Estado de Derecho. Así, José Manuel Vera, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos, explica que "determinados comportamientos del Ejecutivo parecen avanzar en ese peligroso camino de generar una dictadura dentro de la Constitución, por la suspensión de derechos fundamentales, tales como la libertad de circulación, reunión o manifestación, sin la declaración del estado de excepción; limitaciones a las libertades de prensa y de expresión... Ejemplifica unos tics autoritarios de difícil justificación".Eugenio Gay, ex vicepresidente del Tribunal Constitucional, dice que "el artículo 116 de la Constitución, que autoriza el estado de alarma, solo es aplicable en casos excepcionales y precisa del control parlamentario. Es un plazo máximo que no sobrepasa los 15 días y si el Parlamento no lo ratificara, pues no podría pasarlos. Si estamos prorrogando y prorrogando, pasa de ser una cuestión excepcional a una situación peligrosa. A mí me da miedo que se pueda llegar a esta situación".Suspender la ConstituciónCarlos Ruiz Miguel, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Santiago de Compostela, estima que "está claro que sí, que estamos entrando en una dictadura. Ahora bien, conviene distinguir dos tipos de dictadura: la soberana y la comisaria. Creo que en este momento tenemos, al menos transitoriamente, una dictadura comisaria, pero no, o aún no, una dictadura soberana. Cabe aclarar que el profesor se refiere a una dictadura comisaria, que descansa en la Constitución, pero la suspende para preservarla, aunque sigue siendo válida. Al contrario, la dictadura soberana suprime la Constitución, al considerarla el origen del mal que a erradicar.José Manuel Otero Lastre, catedrático y académico de número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, aunque descarta que estemos bajo una dictadura, sí que considera que hay "un peso excesivo del poder ejecutivo, porque el legislativo está funcionando bajo mínimos y al judicial tardan en llegarle los asuntos y hasta hace poco había dificultades para presentar los escritos de recurso". Y razona que "todo parece indicar que convenía restringir, al menos parcialmente, la libertad de circulación, pero si era necesario suspender ese derecho, el artículo 55.1 de la Constitución exigía la declaración del estado de excepción o de sitio y no solo el estado de alarma, que es lo que se ha hecho".Josep María Tamarit, catedrático de Derecho Penal en la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), argumenta que "afirmar que estamos bajo una dictadura, con estas palabras, sería una exageración, pero estamos en una grave crisis democrática provocada por un ataque contra derechos fundamentales". Y añade que "cualquier medida de control de la población que se considere necesario mantener durante un tiempo más largo y que no esté prevista en la Ley debería adoptarse mediante Ley Orgánica, bajo la supervisión del Tribunal Constitucional, que efectúa el control de constitucionalidad de las leyes".Antonio Durán Sindreu, profesor de la Universidad Pompeu Fabra (UPF), explica: "Pienso que estamos entrando en un tipo de dictadura. El estado de alarma mal se compagina con los derechos fundamentales y con el más elemental respeto a la libertad responsable del individuo".Para Fernando P. Méndez, miembro del Consejo Editorial de elEconomista, "no creo que hayamos llegado a una dictadura. Hay actitudes y comportamientos preocupantes, pero nada de una dictadura. No obstante, hay un margen de graves daños de todo tipo por lo que los afectados acabarán reclamando. Sólido Estado de Derecho María Eugenia Gay, decana del Colegio de Abogados de Barcelona, se muestra confiada en el buen funcionamiento del Estado ante posibles abusos. Así, razona que "en España, existe un sistema de pesos y contrapesos basado en el principio de legalidad que garantiza la descentralización de las decisiones y la distribución de poderes". Y estima que "la suspensión de determinados derechos es más propia del estado de excepción, cuya competencia es de la Cámara Baja. Así pues, el Gobierno está utilizando competencias que no le corresponden, aunque por ahora lo está haciendo con el apoyo de parte de la oposición". Finalmente, Esaú Alarcón, profesor de Derecho de la Universidad Abat Oliba, comenta que existe normativa sobre sanidad y seguridad a partir de la cual se podrían establecer medidas proporcionadas para eludir actividades que puedan generar un rebrote de la pandemia. Ahora bien, lo razonable sería que estas medidas las adoptaran las Cámaras legislativas y que el Gobierno no puede ir más allá del estado de alarma en medidas que menoscaban los derechos individuales. Como dato destacable, el exjuez Baltasar Garzón, defensor del vicepresidente Pablo Iglesias, en declaraciones a La Sexta, decía el pasado fin de semana que "el Estado de alarma no se puede imponer de forma imperativa. Hay que convencer y dialogar. Es muy grave afirmar que no existen medidas alternativas".