Numerosos colectivos ciudadanos y profesionales preparan estos días demandas contra el recorte de derechos constitucionales que ha introducido el Gobierno durante la vigencia del estado de alarma, incidiendo en que muchos de estos recortes han saltado los límites legislativos, puesto que el Ejecutivo ha dictaminado medidas por su cuenta y riesgo, sin basarse en el Derecho.Los reiterados anuncios de Pedro Sánchez sobre la adopción de medidas para combatir el Covid-19 y que éstas no se ajusten al marco jurídico del estado de alarma han encendido las alarmas de especialistas en las diferentes ramas del Derecho.Tentado a mantener recortesAnte esta situación, muchos de ellos recelan de que se vea tentado a mantener recortes de derechos fundamentales de los españoles una vez concluido el estado de alarma, con la excusa de mantener la prudencia y que, en definitiva, deje de ser una situación puntual.Así, Carlos Ruiz Miguel, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela, comenta que al amparo de una ley que solo permite la limitación de ciertos derechos se ha procedido a suspender algunos que solo podían limitarse, como el de libertad de circulación y el de empresa.Como consecuencia de esa violación, se ha suspendido el derecho de la libertad de reunión, que no puede limitarse bajo el estado de alarma". Y razona también Ruiz Miguel que "los límites del estado de alarma se han sobrepasado desde el primer momento. Y con cada nuevo Decreto de este Gobierno se han sobrepasado más".Bolivarización económica"Estamos en una evidente bolivarización de la economía, con las consecuencias ya conocidas que conlleva a corto y, sobre todo, a medio y largo plazo", asegura José Manuel Vera Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan y también editor de www.constitucionparatodos.com.El profesor estima que "nos encontramos ante la mayor represión de libertades de nuestra historia democrática y se ha hecho sin cobertura jurídica adecuada. Otra vez, una nefasta gestión que conllevará consecuencias. El Ejecutivo está capacitado para tomar esas medidas y más, pero solo si declara el estado de excepción", afirma.Intervenciones reversiblesTambién considera que acabará llegando un recurso de inconstitucionalidad de grupos parlamentarios, defensor del Pueblo o gobiernos autonómicos o una cuestión de inconstitucionalidad planteada por un juez, por los miles de recursos que se empiezan a presentar". Esto puede suponer un desprestigio para el Gobierno y una importante carga política y económica para el futuro de España y los españoles", asegura.Iñaki Ortega, director de Deusto Business School, explica que "sin empresas, sin mercados, gran parte de los derechos constitucionales no podrían ejercitarse. Es por ello por lo que las medidas implementadas con motivo de la crisis sanitaria han de estar muy tasadas en el tiempo y muy evaluadas sus consecuencias. Si no, la economía no soportaría este cierre total y no habría recursos para dar sentido a la definición que la Constitución hace de nuestro país, un estado social y derecho".Massimo Cermelli, profesor de Economía, también en la Deusto Business School, explica que "haciendo un símil médico, ¿curaríamos un catarro con antibiótico? El estado de alarma es una herramienta que está prevista para este tipo de casos (crisis sanitarias), pero tal y como ocurre con los antibióticos, su uso puede llegar a ser excesivo por el impacto que puede generar, dependiendo de su duración, en otros ámbitos, como ya está ocurriendo con la actividad empresarial, que se está viendo debilitada, y lo hará aún más, con el consecuente enorme impacto social".Por su parte, Salvador Miranda Calderín, titular de la Cátedra RIC de la Universidad de Las Palmas, valora que las medidas sean transitorias, porque así las consecuencias negativas pueden ser asumibles en el marco constitucional". Y, finalmente, es Josep Lladós profesor de Economía de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), quien explica que "desde un punto de vista económico hay que tener muy claro que el primer objetivo de las medidas económicas debe ser salvar las vidas de las personas ante esta terrible pandemia. Está claro que hay que tomar decisiones y rectificar cuando sea necesario, incluso restringir algunos derechos, pero tiene que ser con un carácter inmediatamente reversibles".También estima que "tú puedes intervenir temporalmente cuando sea muy necesario o redirigir la producción, pero con un carácter eminentemente temporal. Incautar propiedades con carácter indefinido sí que sería inaceptable".