Los profesionales con empleados a cargo no pueden darse de baja en estos díasEl bloque de medidas aprobadas, y las no aprobadas, para los autónomos,es uno de los puntos más polémicos relacionadas con el Real Decreto-Ley que aprobó el martes el Consejo de Ministros con ayudas para paliar el efecto económico del coronavirus. Fuentes de la asociación de autónomos ATA muestran no sólo su disconformidad con la decisión de no haber amparado a todos los profesionales por cuenta ajena con la exención de las cuotas durante un par de meses, sino su malestar por el caos que se deriva de la redacción y la confusión en su aplicación en algunos aspectos. Uno de estos efectos perversos es el hecho legal de que los autónomos societarios, especialmente los que tienen trabajadores a su cargo o los que tienen una concesión de licencias públicas como por ejemplo los taxistas, no tendrán derecho a acogerse al cese de actividad. Según explican desde ATA y corroboran las gestorías, cuando un profesional por cuenta propia tenga a su cargo uno o varios empleados, si se acoge a un Erte para la suspensión temporal de su actividad y, por tanto, para que su personal tenga derecho a paro, el autónomo no podrá solicitar la prestación extraodinaria por cese de actividad que aprobó el martes el Gobierno.Y no podrá hacerlo, porque si se da de baja de la Seguridad Social por cese de actividad, exigido para poder cobrar esta prestación, perderá la facultad de contratador lo que implicaría que se invalidaría de facto el propio Erte. Lo que exige que tendrá que seguir en activo y, por tanto, continuar con la cotización propia a la Seguridad Social a pesar de que ha cesado la actividad y no tendrá ingresos.Las fuentes de ATA señalan a este periódico que han hecho llegar a la Seguridad Social esta y otras anomalías legales que pueden perjudicar algunas de las medidas aprobadas en el RDL, dudas que no fueron aclaradas ayer. Derecho a la prestación No es la única confusión en relación con el derecho a acogerse a la prestación extraordinaria aprobada por el Gobierno. Según el RDL tendrán derecho dos grupos de autónomos: aquellos cuyas actividades queden suspendidas en virtud de lo exigido en el Real Decreto del estado de alarma y los que su facturación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.Sobre estos últimos, la Seguridad Social no supo aclarar ayer a ATA, según fuentes de la asociación, si la prestación es un cese de actividad (figura legal creada hace un año) o una nueva figura equiparable, pero no exactamente igual. Tampoco está muy claro si la paga la abonará el INSS o las mutuas.En principio, si la nueva figura se equipara al actual cese de actividad, aquellos trabajadores que se puedan acoger a la prestación estarían exentos de cotizar a la Seguridad Social, pues se haría cargo de las cuotas el ente que abone la prestación. El problema reside en aquellos autónomos que se queden fuera de las ayudas.Ninguna organización de autónomos se aventuró ayer a cifrar cuántos profesionales cobrarán y cuántos se quedaron fuera. En ATA han analizados cuantas actividades estarían cubiertas por el estado de alerta y, por tanto, se les aplicaría de forma directa la prestación. Sobre unas 1.300 actividades profesionales recogidas en el CNAE, tan sólo estarían amparadas unas 150, aunque la relación no es correlativa al número de profesionales.El presidente de ATA, Lorenzo Amor, lanzó ayer duras críticas contra el RDL y solicitó que ante la previsible caída de facturación de la gran mayoría de los autónomos, el Gobierno debería haber optado por haber exonerado de la cotización a la totalidad de los profesionales, algo más de 3 millones, durante un par de meses. De ellos, matizan, hay que descontar los que ya están exonerados gracias al cobro de la paga extraordinaria. Máxime si se tiene en cuenta que el rendimiento neto medio registrado es de 1.700 euros.