Valencia, obligada a suspender las Fallas tras la recomendación del GobiernoLas medidas para controlar la epidemia más cruenta de las últimas décadas se suceden a cada día que pasa. La última ha sido la suspensión de las Fallas de Valencia, decidida anoche por la Generalitat tras recibir una recomendación del Gobierno. Ya se había aprobado la suspensión de los grandes eventos deportivos –que se celebrarán a puerta cerrada– y en Madrid, La Rioja, Vitoria y Labastida, se ha prohibido cualquier acto que supere las 1.000 personas. Ahora todas las miradas están pendientes de la Semana Santa y de la evolución de los contagios hasta entonces. Así pues, apenas pasan unas horas para asimilar unas noticias, cuando las siguientes dan un paso más en las restricciones a las que se va a enfrentar España durante el mes de marzo. El coronavirus no da tregua con su capacidad de contagio y las cifras así lo demuestran: 1.639 infectados en España (15.436 en Europa) y 35 personas fallecidas. Hace solo cinco días, el 6 de marzo, las cifras oficiales hablaban de 365 infectados en España.El incremento del 440% de pacientes diagnosticados, con el protagonismo de la Comunidad de Madrid (782), La Rioja (155), Vitoria y Labastida (135 de los 195 casos registrados en Euskadi), ha provocado que el Gobierno haya tenido que pisar el acelerador. La medida más trascendente es el cambio de definición para las bajas por infección o cuarentena, que pasan a considerarse accidente laboral. Cuarentena: accidente laboralEl cambio tiene connotaciones significantes. A partir de hoy, los que se encuentren en esta situación recibirán el 75% de su base salarial desde el primer día y la factura la asumirá el Estado. La diferencia con el estatus anterior mejora las prestaciones para los pacientes y relaja las tensiones económicas de las empresas. Hasta hoy se consideraba a la epidemia una incapacidad temporal, que consiste en un subsidio diario calculado en función de la base reguladora y el origen de la incapacidad, que en el caso de enfermedad común consiste en el 60% de la base reguladora a abonar entre el cuarto y el vigésimo día, y el 75% a partir del día 21. El Ministerio de Seguridad Social también anunció que la próxima semana aprobará un Real Decreto para establecer una moratoria de las cotizaciones a la Seguridad Social, correspondientes a tres mensualidades consecutivas, para em-presas y trabajadores por cuenta propia, si bien no especificó a qué zonas geográficas afectará la medida. Esto supone que las cotizaciones podrán ser abonadas en el plazo de un año a contar desde su devengo, sin recargos ni intereses de ningún tipo.