El Supremo falla hoy sobre si hay usura en los tipos de interés, que superan el 20%La banca afronta hoy el primer gran frente judicial del año. El Tribunal Supremo se pronunciará sobre si existe usura en los intereses de los préstamos a través de la tarjetas revolving. En la actualidad, hay más de dos millones de usuarios con este tipo de créditos, por lo que una sentencia contraria a la banca podría desencadenar una cascada de reclamaciones y demandas.El caso que juzga el Supremo es sobre la tarjeta revolving que una consumidora tiene con Wizink, a la que se le aplicó un tipo de interés de hasta el 27%. Su resolución será tomada como referencia por el resto de tribunales españoles, de ahí su importancia. El tipo medio de los intereses de estas tarjetas está en el 19,67%, lejos del tipo medio del 7,72% de los créditos al consumo. Cabe destacar que en España no existe un límite legal o jurisprudencial en los tipos de interés pactados por las partes en las tarjetas revolving, por lo que si hay o no usura solo puede determinarlo los tribunales. Estas tarjetas se caracterizan porque permite abonar los pagos en los plazos que el usuario elija, con sus respectivos intereses y comisiones. Los intereses serán mayores cuanto más se extienda la fecha de amortización. A su par, cuando el usuario paga un plazo de la deuda, este dinero pasa a convertirse de nuevo en crédito, de ahí el nombre revolving (giratorio) y que el Banco de España alerte del "efecto bola de nieve" que puede provocar su uso.La sentencia abre dos escenarios. Si el tribunal da la razón al cliente, generaría un efecto dominó en el resto de juzgados españoles. Como ya pasó en el fallo del Supremo de 2015, el contrato se consideraría nulo y se instaría a la entidad a eliminar los intereses que cobra al cliente, debiendo éste solo afrontar la parte correspondiente a la deuda.Si el Supremo da la razón al banco, el tribunal declararía que no se cumplen los requisitos para considerar que un tipo de interés infringe la Ley de Represión de la Usura y, como resultado, se podría ver modificado el criterio seguido actualmente por los jueces. "Hay que saber que incluso si esta fuera la decisión, dentro de cada caso existen distintas particularidades que van más allá del propio tipo de interés aplicado y que pueden seguir implicando la nulidad del crédito", explica Cristina González, directora jurídica de Reclamapormi. Por otro lado, la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) recuerda que la defensa del consumidor en los pleitos por las revolving no solo se debe fundamentar en su carácter usurario, "sino en su falta de transparencia".