El Ayuntamiento apoyaba un fallo anterior del TSJC para hacer gestión públicaAgbar ha ganado la batalla judicial para defender la legitimidad de la empresa público-privada que gestiona el agua en el área metropolitana de Barcelona desde 2013. El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de 2016 que invalidaba la adjudicación del servicio del agua en el área metropolitana de Barcelona a la empresa mixta creada con Xavier Trias (CiU) como alcalde, por considerar insuficientes los argumentos para su constitución sin concurso público, y el alto tribunal también ha avalado la legalidad de esta compañía, que lidera Agbar con un 70 por ciento de las acciones.Esta empresa mixta, denominada Aigües de Barcelona Empresa Metropolitana de Gestió del Cicle Integral de l'Aigua y que también está participada en un 15 por ciento por CriteriaCaixa y otro 15 por ciento por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), se encarga del suministro de agua potable y del saneamiento y depuración en la ciudad de Barcelona y otros 23 municipios, lo que suma unos tres millones de habitantes.La sentencia del Supremo admite los argumentos de Agbar y considera que la compañía contaba con la concesión para el servicio de agua desde 1953, y que fue legal la constitución de la empresa mixta en 2012 a través de un procedimiento negociado en vez de concurrencia pública, teniendo en cuenta que Agbar era titular exclusiva de la infraestructura a través de la que se presta el servicio. Precisamente fueron empresas competidoras -Acciona, Aqualia (FCC) y Aguas de Valencia- quienes denunciaron la creación de la empresa mixta por falta de concurso público.El fallo supone que la empresa mixta Aigües de Barcelona será la gestora del ciclo integral del agua en el área metropolitana hasta el año 2047, y que si el Ayuntamiento de Barcelona quiere remunicipalizar el servicio debería pagar cientos de millones a Agbar. Cuando Ada Colau llegó a la alcaldía se mostró contraria a esta empresa mixta, ya que la líder de Barcelona en Comú abogaba por recuperar la gestión pública del servicio, si bien ello debía pasar por indemnizar a Agbar por la municipalización, a no ser que la creación de la compañía mixta fuese invalidada, lo que abarataría mucho la factura a abonar. El consistorio aducía falta de documentación que acreditase la concesión de Agbar desde los años 50, y tampoco estaba conforme con la valoración económica de las infraestructuras que requerirían expropiación. Agbar destacó este miércoles en un comunicado que el fallo del Su-premo ratifica la valoración de sus activos, por 476 millones de euros, realizada durante la constitución de la empresa mixta. Añadió que el Supremo sentencia también que Agbar dispone de los derechos de suministro, y por ello es correcta la valoración económica de la aportación realizada en la constitución de la empresa mixta.