Fallo de procedimiento de la CNMC
elEconomista.es
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se ve obligada a encajar un duro revés, al ver cómo la Audiencia Nacional deja en papel mojado la multa histórica que impuso a las cinco grandes compañías eléctricas (Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, HC y E.On) y a la asociación que las agrupa, Unesa, en 2011.
Dicha sanción, de más de 60 millones de euros, supuso el culmen de un largo proceso que Competencia inició en 2009. La entonces llamada CNC sospechó que en los años anteriores, a las puertas de la liberalización del mercado eléctrico, los pesos pesados del sector llegaron a acuerdos para fijar los precios de la luz a los mayores consumidores y para dificultar que aquéllos, y también las pymes y los usuarios domésticos, cambiaran de suministrador.
El momento clave de las pesquisas lo marcó el registro de las oficinas de Unesa, dado que se encontraron los correos electrónicos que, según la CNC, demostraban que hubo pacto. Precisamente allí Competencia incurrió en un fallo grave de procedimiento. Es cierto que un juez de lo mercantil validó la inspección, pero no lo es menos que la ley se muestra muy estricta a la hora de velar por las garantías de los afectados en estas operaciones. Competencia nunca debió perder de vista que la legalidad exige una detallada especificación de los datos que se persiguen con el registro y la CNC no la elaboró. Así lo señaló el Supremo y ahora lo ratifica la Audiencia. Se trata de un fallo de procedimiento en toda regla del que el organismo supervisor tiene que extraer lecciones, máxime cuando ha quedado abierta una vía sencilla para que procesos semejantes, abiertos en otros sectores, se vean igualmente truncados.