Autónomo: cómo solicitar quitas si no puedes pagar tus créditos ICO
- Qué requisitos debes cumplir
elEconomista.es
El Gobierno aprobó el pasado martes el 'código de buenas prácticas' que regulará las condiciones para que los autónomos puedan acceder a quitas cuando no puedan cubrir el importe total de sus créditos ICO (Instituto de Crédito Oficial).
El 11 de junio acaba el plazo para que las entidades financieras decidan su adhesión a este acuerdo, que establece "las líneas de actuación y requisitos para que los autónomos se puedan adherir a estas medidas de reestructuración"; y, por ende, reducir parte de la deuda que generaron a lo largo de la pandemia, tal y como explicó María Jesús Montero, Ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno.
¿Qué autónomos pueden acceder a estas quitas en sus créditos ICO?
Cualquier autónomo que haya solicitado el apoyo del Instituto desde el 17 de marzo del 2020 podrá acudir al banco para solicitar un aplazamiento de los vencimientos, la conversión del capital pendiente de devolución en préstamos participativos o quitas.
Por otro lado, para acceder a estas reducciones es indispensable haber sufrido una caída de la facturación del 30% en 2020. No obstante, a esta condición se suma la obligatoriedad de demostrar que el autónomo no cuenta con otros impagos de créditos de más de 90 días, ni estar en procedimiento concursal, ni condenado por delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
¿Qué cantidad podrás evitar pagar?
El autónomo podrá acceder hasta un 50% de quita del importe. No obstante, este límite de condonación podría llegar a incrementarse hasta el 75% si la caída de la facturación fuese superior al 70%.
Cabe destacar que estas ayudas estarán limitadas a los 3.000 millones de euros que ha movilizado el Gobierno y el plazo máximo para solicitarlas terminará el 1 de diciembre de 2022.
No todos los bancos participarán en esta iniciativa
Tal y como informó la portavoz del Gobierno, la adhesión de estos bancos al acuerdo no es obligatoria. Sin embargo, serán publicitadas aquellas entidades que acepten las condiciones para mostrar a aquellos bancos que hacen un "buen uso de los recursos públicos" y "ayudan a la recuperación del tejido productivo".
Cabe señalar que el banco dispondrá de 45 días naturales para resolver la petición, teniendo en cuenta que deberá condonar una parte proporcional del préstamo no avalado. Es decir, las entidades financieras pueden negarse a resolver ciertas quitas.
De esta manera, el Estado asumirá el 80% de la deuda, frente al 20% del que se hará cargo el banco. Todo con la intención de reducir la carga de estas entidades.