Declaración de la renta
Estas son las deducciones si has invertido en bolsa en la Comunidad de Madrid en la Renta 2023-2024
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Sergio de la Cruz
La Comunidad de Madrid aglutina a más de 3,7 millones de contribuyentes (datos de la Agencia Tributaria) que ya pueden acceder al borrador de la Renta y presentar la declaración después de que este miércoles 3 de abril comenzase la Campaña de la Renta 2023-2024.
La región madrileña, como el resto de comunidades autónomas, permite a sus contribuyentes disfrutar de una serie de deducciones autonómicas que obedecen a cuestiones de diversa temática. Una de ellas es la inversión.
Al margen de los requisitos que puede pedir cada una de estas deducciones, el contribuyente debe cumplir una condición básica: acreditar su residencia fiscal en Madrid durante 2023, para lo cual ha de acreditar que al menos residió en la región durante 183 días o más del año.
La Agencia Tributaria recoge en su Manual de Renta 2023 todos los requisitos y condiciones de las deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid, incluidas las relacionadas con la inversión, que son las siguientes:
Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación
- La deducción es del 40% de las cantidades invertidas en compra de acciones o participaciones sociales por acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, con un límite de 9.279 euros al año.
- La deducción es del 50% de la inversión en sociedades de responsabilidad limitada laborales y sociedades cooperativas, con un límite de 12.372 euros al año.
- La deducción es del 50% en sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación, con un límite de 12.372 euros al año.
La participación adquirida por el contribuyente no puede superar ningún día el 40% del capital social o de los derechos de voto. Además, el contribuyente debe mantener esa participación al menos tres años y la entidad objeto de la inversión debe tener su domicilio fiscal o social en la Comunidad de Madrid y desarrollar una actividad económica.
Los requisitos anteriormente mencionados no son aplicables cuando se trata de inversiones en sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.
Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil
Esta deducción es del 20% de las cantidades satisfechas en la compra de acciones, ya sea en ampliaciones de capital o en procesos de oferta pública de valores. El límite es de 10.310 euros anuales.
Las acciones o participaciones adquiridas por el contribuyente se deben mantener durante al menos dos años y no deben suponer una participación superior al 10% del capital social. La sociedad debe tener durante esos dos años su domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid y no puede tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario.