Declaración de la renta
Las preguntas más frecuentes a una declaración de la Renta en plena crisis por el coronavirus
- Hacienda mantiene todos sus plazos... con oficinas por ahora cerradas
- Desde el 1 de abril se podrá realizar tanto por Internet como por teléfono
- Los expertos recomiendan la previsión ante las dudas del estado de alarma
elEconomista.es
Madrid,
Este miércoles 1 de abril, la Agencia Tributaria abrirá su plazo para presentar la declaración de la Renta 2019. Sin embargo, en uno de los años más inusuales que se recuerda por la crisis originada por el coronavirus, muchas son las preguntas que llegan a las ya frecuentes de una campaña que se extenderá hasta el 30 de junio.
El estado de alarma prorrogado por el Congreso de los Diputados hasta el 12 de abril será la gran incógnita que marque el inicio de la campaña para presentar el último ejercicio fiscal ante Hacienda. Pero pese a que las oficinas de la Agencia Tributaria permanecerán cerradas por este hecho, el Covid-19 no trae más grandes cambios en la declaración del 2019.
En una decisión de no crear mayor confusión, el Ministerio de Hacienda ha decidido mantener todos los plazos ya marcados para la presentación de la Renta. De esta forma, del 1 de abril al 30 de junio, todas aquellas personas que sobrepasen los 22.000 euros anuales, procedentes de un solo pagador, estarán obligados a declarar el ejercicio fiscal del pasado año.
Por ahora, no se podrán realizar presencialmente pero como ya viene siendo habitual los canales de Internet y teléfono de Hacienda estarán abiertos. Así, habrá un desarrollo normal tanto con el programa 'Renta web' (desde el mismo día 1) como desde 'Le llamamos' (para el que se podrá solicitar cita a partir del 5 de mayo y Hacienda procederá a llamar a cada persona desde el 7 del mismo mes). Aunque cuando el estado de alarma se levante sí podrá hacerse presencial, los expertos recomiendan no esperar por las dudas que puede generar esta situación.
Los expertos recuerdan que en caso de pagar se puede solicitar el fraccionamientos en dos plazos sin intereses
Sobre todo para aquellos que salgan a devolver, los que "suponen la mayor parte de declaraciones y aquellos contribuyentes que esto representará un ingreso de dinero que vendrá muy bien en estos momentos difíciles", tal y como analizan desde la Universitat Oberta de Catalunya. Por ende, para aquellos a los que el borrador (hacerlo no implica la presentación oficial) les decrete el pago, desde este mismo informe recomiendan "apurar el plazo de presentación y solicitar el fraccionamiento en dos plazos sin intereses" (el primero, del 60%, por transferencia bancaria, y el segundo, del 40%, mediante domiciliación a partir de noviembre).
Será con estos segundos, los pagadores, con los que Hacienda genere su gran ingreso "que siempre supera, pese a ser menor número de contribuyentes, los gastos de las devoluciones". Unos ingresos a la Agencia Tributaria que son obligados y de no cumplirlos, se reclamará su cobro vía ejecutiva, con recargos (que van del 5% al 20%) e intereses de demora.
Por último, el experto en derecho tributario y financiero Benja Anglès recomienda tres consejos: comprobar siempre el borrador (aunque no se llegue al mínimo, puesto que puede haber devoluciones a favor, y para evitar errores que puedan traer complicaciones futuras), declarar el alquiler, tanto para propietarios (obligados) como para inquilinos (puede que haya deducciones según la Comunidad Autónoma y sirve de ayuda a Hacienda), y estudiar si es mejor una declaración compartida o individual en caso de matrimonios. Aquí, el informe valora que suele ser más favorable una conjunta si uno de los integrantes no trabaja o tiene ingresos bajos, mientras que la individual beneficia a aquellos que sumando dos salarios aumentarían el tipo impositivo.