Civil

La Justicia europea admite límites a las costas del consumidor en procesos por cláusulas abusivas si son razonables y proporcionadas

  • El TJUE razona que de no recuperar una parte suficiente de los gastos se disuade al consumidor de recurrir
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Xavier Gil Pecharromán

La tasación de las costas por el juzgado puede establecer límites, siempre que reconozca un importe razonable y proporcionado respecto a los gastos de defensa y representación que haya tenido que soportar el consumidor para defenderse de una cláusula abusiva.

Así, lo establece en Tribunal de Justicia de la Unión Europea, TJUE, en sentencia de 7 de abril de 2022, que establece como doctrina que no es conforme con el derecho de consumidores la reducción por parte de los Letrados de Administración de Justicia del importe de los honorarios a reembolsar por las entidades financieras a los consumidores por los costes del litigio, si mediante dicha reducción los consumidores no puedan recuperar ese importe razonable y proporcionado.

El ponente, el magistrado Siniša Rodin, concluye que el principio de efectividad, único que entra en juego en este asunto, no se opone, en general, a que un consumidor cargue con determinadas costas procesales cuando presenta una demanda dirigida a que se declare el carácter abusivo de una cláusula contractual.

De no ser así, argumenta el ponente, que en el caso de no garantizar al consumidor el derecho a recuperar un importe razonable de los costes incurridos en su defensa, puede disuadir al consumidor de ejercer su derecho de acudir a un juez para que se declare el carácter abusivo de una cláusula contractual y de este modo provocar la ineficacia del derecho comunitario.

El despacho de abogados Gabeiras & Asociados solicitó al Juzgado de Primera Instancia 49 de Barcelona que elevase una cuestión prejudicial ante el TJUE cuya resolución se ha publicado hoy.

En dicho asunto, el letrado de la Administración de Justicia redujo el importe de los honorarios que podían recuperar de lo realmente pagado a su abogada y que había sido calculado siguiendo los criterios fijados por el Colegio de Abogados.