La Justicia obliga a la ANC a cerrar la web que promueve el consumo de empresas independentistas
- La entidad recurrirá estas medidas cautelares tras una denuncia de 'Foment del Treball'
Agencias
El Juzgado Mercantil número 11 de Barcelona ha ordenado a la ANC el cese de su campaña Consum Estratègic, dirigida a la promoción de la compra de productos de empresas independentistas, y el cierre de su página web. Se trata de una medida cautelar que la entidad soberanista ya ha anunciado que recurrirá, para lo que tiene un plazo de 20 días.
Asimismo, la titular del juzgado ha obligado el cese en "la realización de cualquier actuación, por cualquier medio, con trascendencia pública que suponga la difusión de la campaña Consum Estratègic y que "se abstenga de realizarlas en el futuro".
De esta manera, el juzgado ha concedido las medidas cautelares que habían sido solicitadas por Foment del Treball contra la ANC en julio por considerar que la campaña era ilegal porque promovía la competencia desleal. La magistrada señala que ha quedado acreditada "la comisión por parte de la ANC de una serie de conductas que de manera indiciaria podrían constituir actos de competencia desleal".
Lo ejemplifica en acciones como hacer llamamientos "a no contratar con las empresas que han participado en la denominada 'campaña del miedo' y con esa finalidad crear un registro de lo que se denomina 'proveedores estratégicos". La jueza indica en su escrito que esta campaña tiene como finalidad "castigar" a unas empresas y cree que es "una circunstancia política ajena a los criterios que han de prevalecer en el mercado".
La misma ANC asegura en un dossier de la campaña que su iniciativa cuenta con "un registro de consumidores (personas o empresas) y otro de servicios" y que "cuantos más inscritos seamos, más fácilmente llegaremos al objetivo de hacer la República en el ámbito económico".
La jueza justifica la adopción de estas medidas cautelares en base a "los prejuicios" que ANC tiene ligados a unas empresas determinadas, y no ve adecuado que la situación creada se mantenga durante el desarrollo del procedimiento judicial.
El tribunal ha pedido a Foment que en el plazo de diez días preste una caución por importe de 50.000 euros y le advierte de que, en caso contrario, se dejaría sin efecto la medida cautelar adoptada. Se trata de un procedimiento habitual en estos casos, que sirve para cubrir "el posible daño que se pudiera causar a la demandada en el caso de que la demanda principal no fuera estimada".
'Foment' contra ANC
El 23 de julio de 2019, Foment del Treball solicitó medidas cautelares previas a la presentación de una demanda por competencia desleal contra la ANC por esta campaña, y pidió retirar de forma provisional e inmediata la realización de campañas de boicot a empresas, cerrar la web, hacer charlas, conferencias y ferias, la difusión de folletos, además de cesar la confección y entrega de listas de empresas recomendadas.
Para Foment, la campaña de la ANC supone una conducta anticompetitiva y una competencia desleal, ya que se trata de "un boicot doble", al hacer peticiones dirigidas tanto a los consumidores como a las empresas, y no se encuentra justificado por la libertad de opinión.
La ANC alegaba que Foment del Treball carecía de legitimación activa para solicitar las medidas al no existir "justificación económica alguna en la pretensión", un argumento que ha sido desestimado.