Este miércoles entra en vigor la modificación del Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha
- Permitirá que pueda tramitarse también en los centros de salud de la Comunidad Autónoma
Europa Press
Este miércoles entrará el vigor el decreto de la Consejería de Sanidad por el que se modifica el Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha, que permitirá que pueda tramitarse también en los centros de salud de la Comunidad Autónoma.
Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), por medio de este decreto se modifica el apartado 4 del artículo 3, que quedará redactado de la siguiente manera: "Por resolución del Consejero competente en materia de sanidad, podrán crearse otros puntos del registro en centros y servicios sanitarios".
Del mismo modo, se añade un artículo 3 bis, que establece las oficinas habilitadas del registro y por el que se establece que serán las establecidas en las dependencias administrativas en las que se lleva a cabo el otorgamiento de la declaración de voluntades anticipadas y se tramitan los documentos para inscribir la citada declaración en el Registro de Voluntades Anticipadas .
Asimismo, añade que las oficinas habilitadas podrán crearse en los centros sanitarios públicos y en los centros de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En cada una de estas oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas habrá un funcionario, como responsable de la misma, que será designado por la persona titular o gestora del centro donde se cree la oficina habilitada.