Banca y finanzas

Santander compensará a los clientes de Popular que acudieron a la última ampliación

  • Los clientes que quieran acogerse renunciarán a tomar acciones legales
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elEconomista.es

Banco Santander ha anunciado este jueves que compensará a los clientes de Banco Popular que acudieron a la última ampliación y que sigan siendo clientes de alguna de estas dos entidades o Banco Pastor. Los cálculos de la entidad estiman que la cuantía máxima a emitir en bonos será de 980 millones de euros.

"Los clientes de Banco Santander y Banco Popular que reúnan determinadas condiciones y se hayan visto afectados por la resolución de Banco Popular podrán recibir, sin desembolso alguno por su parte, valores negociables emitidos por Banco Santander por un importe nominal equivalente a la inversión en acciones o en determinadas obligaciones subordinadas de Banco Popular (con ciertos límites) de las que eran titulares a la fecha de la resolución de Banco Popular", informa Popular en un Hecho Relevante publicado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

La entidad prevé que la Acción de Fidelización se ejecute, tras registrarse el pertinente folleto informativo, a partir de septiembre. Será entonces cuando los clientes que cumplan las condiciones podrán solicitar la entrega de los bonos, renunciando así a acometer acciones legales contra Grupo Santander.

Los requisitos para poder recibir esta compensación sobre las acciones adquiridas durante la última ampliación de capital es ser un cliente minorista, haber adquirido acciones de Popular entre el 26 de mayo y el 21 de junio de 2016 o tener obligaciones subordinadas computables como tier 2 de las emisiones bajo dos códigos concretos; mantener depositados estos títulos en Banco Santander, Popular, Pastor o Popular Banca Privada cuando se realizó el proceso de compra de la entidad; y mantener una relación "equivalente" con las cuatro entidades cuando se entreguen los bonos de fidelización a la que tenían antes de la compra del Popular.

A aquellos clientes que cumplan estas condiciones y tuvieran invertidos entre 100 euros y 100.000 euros se les compensará por la totalidad de la inversión. Entre 100.001 y 500.000 euros se compensará un 75% de la inversión, entre 500.001 y 1.000.000 euros se remunerará con la mitad de la inversión, y las inversiones que superen el millón de euros no recibirán compensación.

Sin embargo, la compensación se aplicará tramo por tramo, por lo que un inversor que tuviera dos millones de euros invertidos recibiría 650.000 euros: los 100.000 euros del primer tramo, más 300.000 euros por el segundo tramo, más 250.000 euros por el tercer y último tramo.

No podrán beneficiarse de esta medida quienes hayan sido miembros del consejo de administración de Banco Popular antes de su resolución ni personas vinculadas a ellos, ni accionistas que "hayan tenido una participación significativa en Banco Popular declarada en la CNMV".

Valores negociables

La reparación de las pérdidas de aquellos que cumplan las condiciones se hará mediante valores negociables de 100 euros de valor nominal, redondeándose a la baja, aunque "está previsto que su valor razonable en el momento de la entrega sea inferior". 

Estos bonos devengarán un cupón en efectivo, discrecional, no acumulativo, pagadero por trimestres vencidos. El tipo de interés nominal anual será, durante los primeros siete años desde la emisión, del 1% sobre el valor nominal vivo en cada trimestre y, a partir del séptimo año, para cada quinquenio, al tipo que resulte de añadir al margen que se determine en el momento de la emisión, el mid-swap rate a cinco años sobre el valor nominal vivo en cada trimestre.

A partir del séptimo año, Banco Santander puede amortizar los bonos emitidos, pagando la totalidad del importe del valor nominal en metálico.