Un juez impide a los exgestores de Gedesco asumir la propiedad de Stator
Eva Contreras
La pugna judicial en torno a Gedesco vive una nueva derivada. El magistrado del juzgado de lo mercantil número 2 de Valencia ha cerrado la puerta a que los exgestores de Gedesco puedan asumir el control de su participada Stator, un holding de inversión con participaciones accionariales en 14 compañías, incluidas Lantania, Faus o NIU.
La resolución judicial se produce a solicitud de la administración concursal que lleva el proceso de Gedesco, que pidió paralizar la transferencia de la propiedad de Stator, para no perjudicar a los acreedores de la concursada, y viene a esclarecer la situación creada por un reciente laudo de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).
El laudo anuló la venta que se realizó a través de Gedesco de la sociedad de inversión Stator, devolviendo su control a los fundadores: Máximo Buch, exconseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo de la Generalitat Valenciana; y a su socio, el economista y empresario Ernesto Bernia.
Al considerar ineficaz el acuerdo por el que Stator pasó bajo el control de Gedesco Finance, permitía a los exgestores de Gesdesco (Antonio Aynat, y sus exconsejeros, Javier García Escrivá, Miguel Rueda y Ole Groth) recuperar las opciones de compra sobre Stator.
Según el fallo emitido por el juzgado mercantil este mismo lunes, día 8, estos últimos directivos proyectaban ahora transferir Stator a sus sociedades instrumentales Venalta, Anthophila y Magina, y para ello habían convocado el próximo viernes, día 12, a los representantes de Moving (sociedad propietaria de Stator administrada por Bernia y Buch).
El administrador concursal ha pedido al juzgado evitar precisamente dicha operación por medio de un auxilio judicial. En el auto emitido por el tribunal alegan que Stator "constituye un elemento crítico para la masa activa del concurso", en la medida que "constituye hoy una de las principales fuentes de repago de créditos de la concursada", de forma que su eliminación generaría "un perjuicio de práctica imposible reparación para los acreedores".
Según el administrador concursal, en la situación actual, Gedesco tienen derecho a percibir el 80% del resultado que obtenga Stator en su momento cuando desinvierta en sus actuales sociedades participadas.
El juzgado acuerda el auxilio judicial solicitado por el administrador concursal y ha requerido a los exgestores de Gedesco que "se abstengan de intentar ejercitar el derecho de opción" sobre Stator, y apercibe al notario que iba a tramitar la operación que "se abstenga de ejecutar transacción alguna, de cualquier índole o naturaleza" con dichas opciones de compra. Les advierte de que, si no atienden los requerimientos, su conducta podría ser constitutiva de infracción penal.