Generali tendrá que pagar 34 millones al rey del queso Idiazabal por un incendio
- Con la condena en firme, Aldanondo prevé iniciar la reconstrucción de la fábrica
- La aseguradora italiana está pendiente de su el Supremo admite su último recurso
Javier Mesones
El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vitoria ha emitido un auto en el que condena a Generali a pagar más de 34 millones de euros a Aldanondo Corporación Alimentaria, el mayor productor de quesos con la denominación de origen Idiazabal, como indemnización por el incendio de una fábrica en agosto de 2018 en la localidad de Salvatierra-Agurain, en Álava.
La sentencia, con fecha del 25 de junio, es firme y no cabe recurso alguno, por lo que la aseguradora deberá ejecutar el desembolso de este importe, que recoge 20 millones de euros por los daños ocasiones y alrededor de 14 millones de euros por los intereses de demora (a un tipo del 20%, como marca la ley).
Tras esta sentencia, Aldanondo espera recibir de inmediato la compensación para iniciar la reconstrucción de la planta (en la misma ubicación) y poder reanudar así su negocio de fabricación de quesos -la previsión es hacerlo en dos años-. La compañía es propietaria de marcas como Lana, El Pastor Vasco y La Quesería Vasca.
Generali, por su parte, tiene depositada la cantidad fijada por la sentencia ante el Juzgado y aún aguarda a la decisión del Tribunal Supremo respecto al recurso que presentó hace 14 meses contra una sentencia previa de la Audiencia Provincial de Álava.
El Alto Tribunal aún no se ha pronunciado sobre la admisión a trámite del recurso. De aceptarlo, el proceso podría volver a la casilla de salida y Aldanondo podría dilatar de nuevo su reactivación.
El 13 de agosto de 2018 a la 1:15 horas se declaró un incendio en el almacén de la planta, en el polígono industrial Litutxipi, que la hizo cenizas. Aldanondo llevó a los tribunales a Generali por vulnerar la póliza de seguros contratada y no pagar una cantidad que cifró en 44 millones de euros por el siniestro.
La aseguradora, por su parte, rehusó el siniestro debido a la no activación de las medidas de seguridad contra incendios indicadas en la póliza, "algo que fue reconocido por la sentencia en primera instancia que fue recurrida por ambas partes", sostiene Generali.
En marzo de 2021, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vitoria consideró probado que el incendio no había sido provocado y condenó a la aseguradora italiana al pago de 29,4 millones de euros. "Ninguna de las conductas que se señalan por la aseguradora como constitutivas de dolo/culpa aparecen como causa del incendio", señaló la sentencia.
Tanto Generali como Aldanondo recurrieron y en marzo de 2022 la Audiencia Provincial de Álava ratificó la sentencia inicial, pero rebajó la cuantía a 20 millones. Sólo si Aldanondo reconstruye las instalaciones en un plazo de dos años, cobraría 29 millones. Generali defiende que "esta cantidad coincide prácticamente con la valoración realizada por los peritos al principio del proceso y que no fue aceptada por Aldanondo".
Aunque la aseguradora recurrió al Supremo la causa general, la ejecución provisional de la sentencia para el pago de la indemnización corresponde al Juzgado de Primera Instancia de Vitoria, que en un auto del pasado 15 de marzo desestimó el escrito de oposición de Generali y el 25 de junio desechó igualmente el recurso de aclaración, dando por terminado el proceso en esta instancia -Generali ha solicitado aclaraciones-.