Estas son las comisiones de un préstamo personal para financiar el coche o las vacaciones
- Los intereses de los créditos de consumo suelen ser bastante elevados
- Estos préstamos tienen comisiones de estudio y de apertura que encarecerán el crédito
elEconomista.es
Se acerca el verano y muchos españoles buscan ya un pequeño préstamo para financiarse las vacaciones o para cambiar de coche de cara al viaje a la playa.
Pero antes de aventurarte a pedir un préstamo al consumo, debes prestar mucha atención a los costes de su contratación, ya que suelen tener unos intereses elevados que disparan la cuota mensual a pagar y unas comisiones que te pueden dar una sorpresa en el futuro.
La legislación bancaria protege a los consumidores para que no sufran estafas o abusos de cualquier tipo tanto antes de firmar uno de estos créditos como después de haberlo hecho. Aun así, es común que quien contrata estos préstamos no tenga claro qué costes debe asumir a cambio de recibir el dinero.
A continuación se recogen los costes que pueden acompañar a un crédito al consumo.
TAE y TIN
Es el principal coste que tienen los préstamos, ya sea al consumo o una hipoteca. El TIN es la Tasa de Interés Nominal y el TAE es la Tasa Anual Equivalente. Aunque es habitual que en los folletos aparezcan los dos indicadores juntos, la referencia para los consumidores será siempre el TAE, porque reflejará el coste final que tendrá que abonar por pedir un crédito.
-El TIN es el porcentaje fijo que se pacta como concepto de pago por el dinero prestado, mientras que el TAE toma esa cifra y le añade las comisiones y los gastos asociados a la operación.
-El TAE se refleja como un porcentaje, y equivale al coste anual de contratar un préstamo. Si el TAE es del 10%, cada año el comprador tendrá que devolver las cuotas correspondientes del crédito, más el 10% del capital que quede por pagar en forma de interés. Por ello, cada año que pasa se pagan menos intereses.
¿Qué comisiones se pagan en un préstamo de consumo?
Dentro del TAE estarán incluidas las comisiones de contratación, si la entidad las cobra. Son estas dos:
-Comisión de estudio: es el pago que cubre el coste del estudio de viabilidad que realiza el banco sobre el cliente y suele ser un porcentaje sobre el total del préstamo. Si la entidad no concede el préstamo, no podrá cobrarlo, pero sí los gastos originados por la intervención de otras personas o empresas en el estudio, si así estuviera pactado.
-Comisión de apertura: remunera a la entidad por los trámites realizados para formalizar el préstamo. Suele ser un porcentaje (alrededor del 1%) sobre la cantidad que se presta. En los créditos, sobre el límite de la línea de crédito. Lo más habitual es que no se pague de golpe, sino que se prorratee entre las mensualidades del préstamo.
Además, durante la vida del préstamo pueden surgir otras comisiones. Son estas:
-Comisión por modificación de condiciones o por cambio de garantías: si pactamos con el banco la modificación de alguna de las condiciones, habrá que pagar por los trámites de la modificación del contrato y/o el análisis de los riesgos que la modificación puedan suponer. Por ejemplo, es habitual la cláusula de cancelación, en la que habrá que abonar un porcentaje del préstamo por liquidar la deuda.
-Gasto por reclamación de posiciones deudoras: si dejamos de pagar, el banco realizará gestiones para la recuperación de los impagos y nos cobrará los costes derivados de dichas gestiones.