Aragón

El comité de empresa de Pikolin llega a un preacuerdo por unanimidad para el convenio colectivo


    Europa Press
    Zaragoza,

    El comité de empresa de Pikolin ha llegado un preacuerdo por unanimidad para el convenio colectivo, tras casi diez meses de negociación y después de haber convocado una huelga para "desbloquear" la negociación, que ha motivado una reunión este lunes en el Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje, permitiendo este preacuerdo.

    Después de más de once horas de negociación en el SAMA, la plantilla de Pikolin votará este miércoles, 23 de octubre, el preacuerdo, según ha informado el comité de empresa en una nota de prensa.

    El comité --formado por OSTA, CCOO y UGT-- se ha mostrado satisfecho por el acuerdo alcanzado ya que se ha conseguido sacar fuera del convenio la distribución irregular de la jornada y el paquete de flexibilidad que proponía la empresa.

    Además, se ha "avanzado" en cuestiones sociales, como mejoras en horarios, licencias retribuidas, calendarios y pluses. En los aspectos económicos, se han conseguido subidas "dignas" y recuperar parte del poder adquisitivo "mermado por los años de crisis".

    Desde el comité han calificado las negociaciones de "muy duras" y han sostenido que el hecho de que sus integrantes hayan estado unidos "ha hecho que el preacuerdo sea mejor".

    Acuerdos

    Este convenio de empresa tendrá una vigente de cuatro años, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2022. Para cada uno de los años de vigencia del convenio se actualizarán las tablas salariales.

    Los incrementos lineales brutos serán, este año, de 325 euros, es decir, una subida de 1,20 por ciento en el salario medio; de 350 euros en 2020, el 1,30; de 400 en 2021, el 1,50; y de 425 euros en 2022, el 1,60 por ciento.

    Para cada uno de los años de vigencia del convenio, se establece una paga por beneficios del 0,75 por ciento bruto sobre el EBIT, calculando el importe del EBIT según lo establecido en el acta final de acuerdos de la negociación del convenio.

    Asimismo, se incrementarán todos los pluses establecidos en el convenio con el IPC real del año anterior y el plus de sábado aumenta a 150 euros. No se incluye nada de la distribución irregular de la jornada en el convenio.

    Vacaciones

    Durante cada uno de los años de vigencia del convenio, se incluirán en el calendario laboral de la empresa como festivo todos los puentes del año y el exceso de jornada resultante será negociado con el comité de empresa. Igualmente, la primera semana de enero de cada año será considerada como periodo vacacional.

    Se mantienen tres turnos de vacaciones desde el día 1 de julio al 31 de agosto de cada año, pudiendo la empresa anticipar siete días el inicio de los mismos.

    Por otra parte, se accederá a la jubilación parcial según la legislación vigente en cada momento, decidiendo la empresa los trabajadores que pueden acogerse a la misma. Aquellos trabajadores que accedan a la jubilación parcial y tengan más de 30 años de antigüedad en la empresa, se minorará en dos meses el tiempo acumulado de prestación de servicios que deban cumplir hasta la jubilación total.

    Respecto a las licencias retribuidas, habrá para asistencia al médico de atención primaria, hasta el límite de 20 horas al año, incluyendo el tiempo utilizado para acompañar a un hijo menor de 16 años, o a un familiar de primer grado que sea dependiente, que no pueda valerse por sí mismo, aportándose el debido justificante que lo acredite, o un hijo mayor de 16 años con discapacidad, a cualquier médico. Dentro de estas horas, se computarán las correspondientes al acompañamiento de cónyuges para pruebas invasivas y prenatales.

    En el caso de hospitalización, todas las licencias habrán de disfrutarse en el momento de producirse el hecho causante. No obstante, en las licencias a las que se tenga derecho y sean motivadas por la hospitalización de un familiar, podrá ser utilizada desde que se produzca el hecho causante y mientras persista el mismo, con la correspondiente justificación, teniendo en cuenta que el número días que se disfruten de manera alterna serán los mismos que se devengaron cuando sucedió el hecho causante, teniendo en cuenta que a partir del segundo mes los días de disfrute del permiso serán hábiles.