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El Supremo confirma que no aplicará la amnistía a Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig por malversación
- El TS ha avalado la decisión del magistrado instructor del 'procés', Pablo Llarena
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elEconomista.es
El Tribunal Supremo ha avalado la decisión del magistrado instructor del procés, Pablo Llarena, de no aplicar la Ley de Amnistía al delito de malversación por el que está procesados el expresidente catalán Carles Puigdemont y sus exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig, al considerar que interpretó correctamente la excepción prevista para ese ilícito en la propia ley, ratificando que "endosaron los gastos" del 1-O a las cuentas públicas sin que mediara "ningún interés público".
Los magistrados Vicente Magro, Eduardo de Porres y Susana Pola han desestimado los recursos de apelación que presentaron las defensas al considerar que la decisión de Llarena "no contraviene la voluntad del legislador", según recoge la nota informativa de la Sala.
Fue el pasado julio cuando el instructor del procés rechazó aplicar la amnistía al delito de malversación a Puigdemont, Comín y Puig. Las defensas recurrieron aquella decisión en reforma, pero el magistrado se ratificó en su postura dos meses después, en septiembre. Finalmente, presentaron un nuevo recurso, que defendieron en una vista pública el pasado 10 de julio.
En aquella vista, la teniente fiscal del TS, Ángeles Sánchez Conde, se mostró a favor de que se estimaran dichos recursos al considerar que el instructor del procés se "inventa" que los encausados experimentaran un enriquecimiento personal al cargar al erario público la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.
Ahora, los magistrados avalan la postura de Llarena al entender que "no contraviene la voluntad del legislador porque éste en el trámite parlamentario introdujo una modificación en la ley y dispuso la inaplicación de la amnistía al delito de malversación cuando se hubiere actuado con un 'propósito de beneficio personal de carácter patrimonial', lo que obliga al TS a interpretar esa excepción".
En este sentido, indican que "el precepto en cuestión (artículo 1.4) establecía una antinomia lógica que había que desentrañar y, desde luego, el tenor literal de la ley no dice, como argumentan los recurrentes, que solo puede entenderse como beneficio personal de carácter patrimonial el incremento tangible y directo del patrimonio del sujeto".
Para llegar a estas conclusiones, la Sala de Apelación ha analizado el concepto jurídico de "beneficio personal de carácter patrimonial" determinando que abarca "tanto el incremento de los activos patrimoniales como el no detrimento del pasivo".
"Un sujeto se beneficia patrimonialmente cuando se incrementa su patrimonio pero también cuando su patrimonio no decrece porque sus obligaciones son asumidas ilícitamente por los fondos públicos", exponen.
Los magistrados señalan que "en este caso los investigados se beneficiaron patrimonialmente en tanto que impulsaron personalmente el proyecto político ilegal y endosaron los gastos a la administración autonómica, sin que esa iniciativa respondiera a la satisfacción de ningún interés público, recoge Europa Press.
El auto, además de extenderse en otros argumentos complementarios, considera improcedente plantear en relación con este delito una cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional y también descarta en este momento procesal plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE.
Rebeldía contra el poder legislativo y la pataleta ante una ley que no les gusta
Por su parte, Puigdemont ha comentado la noticia a través de la red social 'X': "La sentencia del Tribunal Supremo de desestimar la aplicación de la Ley de Amnistía no es ninguna sorpresa, ni en el fondo ni en la forma. La decisión confirma la actitud de rebeldía contra el poder legislativo y la pataleta ante una ley que no les gusta, y que les lleva a retorcer la interpretación del supuesto delito de malversación".
"Otra muestra de "la normalidad" que pregona el poder político (y mediático) de Catalunya. De hecho, iban juntos a las manifestaciones que querían conseguir esto que el Tribunal Supremo está haciendo", ha sentenciado.