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Desestimada la demanda contra el testamento millonario del empresario Ángel Luengo (Grupo Samca)

  • Fue interpuesta por una nieta y dos hijos por considerar que la voluntad de la madre había sido anulada
  • El Juzgado de Zaragoza considera que se basaba en hechos inciertos e intereses personales 
  • Se condena a los demandantes al pago de las costas
El Juzgado de Zaragoza desestima la demanda contra el testamento del empresario Ángel Luengo. | Firma: Imagen de archivo / Europa Press.

Eva Sereno
Zaragoza,

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza ha desestimado la demanda interpuesta por la nieta, Carolina Luengo Barnaud, y dos de los ocho hijos (Ángel Antonio Luengo Sanz y Javier Luengo Sanz), contra el testamento de su abuelo y padre, el empresario Ángel Luengo, que otorgó él y su esposa, Aurora Sanz, en el año 2010, por el que dos de sus 16 nietos -Javier y Guillermo Luengo- quedaban al frente del Grupo Samca, saltándose la generación de sus ocho hijos.

La nieta y dos hijos llevaron a los tribunales este testamento de 2010 al considerar que se vulneraba la voluntad de Aurora Sanz. Sin embargo, el juzgado ha desestimado todas las pruebas y hechos alegados, condenando a los demandantes a pagar las costas.

En concreto, en la sentencia se explica que esta demanda está basada en hechos inciertos y en el interés personal de los demandantes, aparte de reprochar la omisión de hechos relevantes. Además, se recoge que Aurora Sanz estaba en plenas facultades.

En concreto, en el caso de Caroline Luengo Barnaud se indica, que de revocarse el pacto sucesorio del año 2010, en el que consta como legataria de un millón de euros, pasaría con el testamento de 2007 a ser la heredera.

Por su parte, Javier Luengo consta en el pacto sucesorio de 2010 como legatario de seis millones de euros, cifra que se elevaría a 10 millones de euros con el testamento de 2007. Con estas cifras, la sentencia indica que tanto la nieta como Javier Luengo se verían favorecidas por la nulidad del pacto sucesorio.

Sin embargo, en el caso del hijo Ángel Luengo, el padre de Caroline, mientras figuraba como legatario de un millón de euros en 2010, pero en 2007 la cantidad se situaba en 600.000 euros por lo que la sentencia apunta a que pasaría a tener derecho a un legado inferior a la cantidad del contrato sucesorio. No obstante, la sentencia le niega la legitimación para impugnar al considerar que las discrepancias mostradas no le confieren sin más legitimación para impugnarlo al no ostentar expectativa sucesoria alguna que no tuviera en el contrato impugnado al declararse, en su caso, la nulidad de aquel.

El texto también indica que está totalmente acreditado que el documento de 2010 estaba alineado con las decisiones tomadas con anterioridad y de común acuerdo por el matrimonio, además de recoger su plena legalidad, su idoneidad para regular la sucesión de una empresa y la claridad de sus términos.

La sentencia también argumenta que la relación entre el matrimonio del empresario Ángel Luengo y su esposa Aurora Sanz no era en absoluto de sumisión, según indicaron los demandantes.

Además, se ha corroborado que la voluntad de la esposa de Luengo no estaba anulada en modo alguno y que ella estaba en plenas facultadas cuando otorgó el testamento de 2010 que los demandantes impugnaron. Una premisa para que se ha tenido en cuenta el testimonio de todos los médicos que la trataron.

Estos hechos contrastan con los argumentos esgrimidos por los demandantes, que aseguraban que su abuela y madre era incapaz, lo que no fue impedimento para que aceptasen durante los últimos años cuantiosas donaciones realizadas por ella.

También se han cuestionado las pruebas presentadas por los demandantes y la forma en la que fueron obtenidas como es el caso de las grabaciones realizadas a Aurora Sanz sin su consentimiento y de forma sesgada.

Los peritos han informado que las preguntas realizadas en estas grabaciones iban dirigidas a obtener respuestas, aparte de ser conversaciones sin contexto y sobre las que cabe la posibilidad que su contenido fuera seleccionado. Unos factores por los que se generan dudas sobre la realización, dirección de las conversaciones, transcripción y circunstancias en las que se realizó.

La sentencia también recuerda que la mayor parte de los legados dispuestos en el contrato sucesorio ya han sido recibidos por los hijos y nietos beneficiados, entre los que se encuentra uno de los demandantes.

El empresario Ángel Luengo falleció en agosto de 2021 en Zaragoza a los 91 años de edad, mientras que su esposa Aurora murió en abril de 2023.

La sentencia no ha sido bien recibida por los demandantes, que la están estudiando y realizando una valoración previa antes de decidir la presentación del recurso de apelación para "no solo para reparar los intereses de los perjudicados, sino para que no cristalice una situación tan anacrónica como la que se ve amparada por esta sentencia", apuntan a elEconomista

Los demandantes consideran que esta sentencia es anacrónica, además de incurrir en evidentes errores en la apreciación de la prueba, así como en la aplicación de los fundamentos jurídicos.

Además, creen que está dictada sin atender a los valores constitucionales que estaban en cuestión en el procedimiento, que "ni siquiera se abordan, consagrando una situación absolutamente vejatoria como la que el contrato sucesorio suscrito por los Sres Luengo en 2010, prevé, únicamente para la esposa, para Doña Aurora Sanz, quien al fallecer su esposo, queda privada de su capacidad de disponer y administrar su propio patrimonio y el que recibe en usufructo de su marido, incapacitándola así "de facto", anulando su voluntad y privándola de sus más fundamentales derechos constitucionales a la dignidad e integridad personal y a no ser discriminada, entre otros.