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¿A qué tengo derecho por el retraso del tren Madrid-Zaragoza-Barcelona?
- Cientos de viajeros se vieron afectados por el corte de la línea por el incendio de Montblanc
- Hasta 42 trenes de alta velocidad dejaron de circular por el corte de línea
- Se tiene derecho a recibir alimentos y bebidas durante el tiempo de espera al restablecimiento de la línea
Eva Sereno
Zaragoza,
Al viajar a veces surgen imprevistos ajenos a la compañía ferroviaria e, incluso, a los propios viajeros, quienes tienen derechos que conviene conocer. Es el caso del incendio en la localidad de Montblanc, que obligó ayer a realizar cortes en la línea ferroviaria Madrid-Zaragoza-Barcelona.
Según los datos de Adif, hasta 42 trenes de alta velocidad se vieron afectados desde las 18.00 horas hasta pasadas las 21.00 horas, momento en el que se reestableció la circulación en la línea.
Y, en estos casos, ¿a qué tienen derecho los cientos de viajeros afectados por el corte en la línea ferroviaria entre Madrid-Zaragoza-Barcelona?
Lo primero que hay que tener en cuenta es que el incendio y, en consecuencia la paralización de la circulación ferroviaria en esa zona, se considera una circunstancia extraordinaria de fuerza mayor.
Esto es un punto importante porque es realmente lo que marca que un viajero tenga o no algún derecho. Por esta consideración de circunstancia extraordinaria, las personas afectadas no pueden recibir una compensación económica por el retraso o interrupción, aunque sí se le debe proporcionar un transporte en condiciones equivalentes, informan desde la Unión de Consumidores de Aragón.
No obstante, en el supuesto de cancelación del servicio, el viajero cuenta con el derecho de devolución del precio abonado por el mismo o bien a que se le proporcione viajar en otro tren u otro modo de transporte, lo que debe hacerse en condiciones equivalentes a las pactadas.
Y, aunque se trata de una circunstancia de fuerza mayor, se tiene derecho a recibir alimentos y bebidas gratitas en una cantidad que sea razonable y acorde al tiempo de espera en el caso de que el retraso sea de más de una hora. Esto se presta si este servicio puede suministrarse en condiciones razonables.
En aquellos supuestos en los que el tren esté bloqueado, la compañía ferroviaria tiene que organizar el transporte de los viajeros desde el punto en el que se encuentren hasta la estación de partida o hasta un punto de salida alternativo o bien el destino final del servicio si es materialmente posible.