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Eugenio Delgado declarado culpable de asesinato y agresión sexual a Manuela Chavero

  • Un  jurado popular ha dictado veredicto por unanimidad
  • El fiscal y las acusaciones reiteran la petición de prisión permanente revisable
La familia de Manuela Chavero escucha el veredicto del jurado -

Carmen Apolo, Agencias
Badajoz,

El jurado popular ha considerado, por unanimidad, a Eugenio Delgado como culpable de un delito de asesinato, con agravante de género, y otro de agresión sexual a Manuela Chavero, en los hechos ocurridos el 5 de julio de 2016 en la localidad pacense de Monesterio. La familia puede ahora descansar tras 8 años de espera desde la desaparición de Manuela. Hay que recordar que su cadáver fue hallado en septiembre de 2020, cuando Eugenio Delgado confesó que la había enterrado en su finca.

La lectura del veredicto se ha hecho esperar, tras nueve horas de deliberación, el jurado ha establecido además que en el delito de asesinato a Manuela Chavero "concurren alevosía y ensañamiento", ya que esa noche, el acusado "se asegura de que Manuela no pudiera defenderse y aumentó deliberadamente su dolor, con las múltiples fracturas que presenta".

El jurado ha dictaminado que "todo lo que ha pasado ha sido programado, querido y buscado por el acusado, sin ser nada fortuito", y concluye que los hechos "son constitutivos de un delito de agresión sexual", ya que "no hay otro móvil posible", así como otro de asesinato

"No hay otro móvil que el sexual"

El jurado en su veredicto afirma que "el móvil sexual es el único que justifica lo ocurrido, descartando el móvil económico y sentimental, sin sentido", apuntando también que "hay que tener en cuenta el perfil que hacen de él los analistas del comportamiento definido como un sádico sexual", y considera además "fundamental" el hecho de que "el acusado le quitó la ropa a la víctima sin explicación lógica, al decir que lo hizo para que los animales no sacaran la ropa de la fosa, cuando, contradiciéndose a sí mismo, al haber envuelto el cadáver con una sábana y un albornoz".

Además, el jurado también considera que Eugenio Delgado ocasionó la muerte de Manuela para evitar que se descubriera la agresión sexual, ya que según considera, "cuando toma conciencia de lo ocurrido, la única salida que vio fue matarla. De no hacerlo así, todo lo que había hecho hubiera salido a la luz".

Por todo ello, el veredicto establece que los hechos descritos "son constitutivos de un delito de asesinato", en el que además "concurren alevosía y ensañamiento", ya que el acusado "se asegura que Manuela no pudiera defenderse y aumentó deliberadamente su dolor, con las múltiples fracturas que presenta".

Rechaza el jurado que los hechos sean constitutivos de un delito de homicidio, sino que aseguran que "es un asesinato", y no se produjeron de forma fortuita, sino que Delgado condujo a su casa a la víctima "con excusas, sabiendo que estaba sola, por lo que necesitaba una mínima programación" y establece que "todo lo que ha pasado ha sido buscado, programado y querido por el acusado, sin ser nada fortuito".

Justificaciones del jurado

El veredicto recoge que los nueve miembros del jurado consideran que los hechos de la madrugada del 5 de julio de 2016 fueron ejecutados por el acusado, ya que "estaban sólo ellos, ellos dos, y la que resultó muerta fue Manuela".

También sostiene el jurado en su veredicto que las posibilidades de defenderse de la víctima estaban considerablemente disminuidas, ya que Eugenio Delgado "era corpulento. Estaban los dos solos, en un sitio cerrado, con todas las ventanas y puertas cerradas, imposibilitando que pudiera pedir auxilio y la escucharan", a lo que se une que los hechos ocurrieron en "una habitación interior, con una ventana que daba a su propio patio", y que por tanto "hacía imposible la defensa de Manuela".

Respecto a la pregunta de si los golpes a la víctima aumentaron su dolor, el jurado concluye por unanimidad que sí, "como demuestran las múltiples fracturas que presenta y que no eran necesarias para provocar su muerte, además de la posibilidad de que haya muerto por asfixia, con el dolor que esto conlleva y la probabilidad de que la aplastara con su rodilla", recoge el veredicto.

Así, también por unanimidad, el jurado popular asevera que Eugenio mató a Manuela también por su condición de mujer, ya que "si no hubiera sido mujer, y no hubiera sentido ese desprecio a la mujer, como se comprueba por sus propias conversaciones de WhatsApp con prostitutas, no hubiera ocurrido esto", al que a su juicio "lo confirman las declaraciones de los testigos y las declaraciones de los analistas del comportamiento".

Aplicación de beneficios penales

Finalmente, y sobre la opción de aplicar beneficios penales al acusado o instar la concesión de indulto al Gobierno, el jurado popular considera que "dadas las circunstancias que concurren en el acusado y en la ejecución del hecho, el tribunal "no debe suspender la pena de prisión por la naturaleza del delito".

Además, en caso de dictarse veredicto de culpabilidad y sentencia condenatoria, el jurado popular considera que "el condenado no pueda ser clasificado en tercer grado penitenciario hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta", debido a que este tipo de perfiles "suelen ser reincidentes".

Finalmente, añade el jurado que "vistas las circunstancias" y en caso de establecer veredicto de culpabilidad, no se debe reclamar del Gobierno el indulto total o parcial de la pena a imponer "por la gravedad de los hechos".

El fiscal y las acusaciones reiteran la petición de prisión permanente revisable tras el veredicto del jurado

El Ministerio Fiscal y las acusaciones particular y popular del caso del asesinato de Manuela Chavero han reiterado su petición de imponer a Eugenio Delgado la pena de prisión permanente revisable, tras conocer el veredicto del jurado popular, que considera al acusado culpable de un delito de asesinato y de agresión sexual.

Tras conocer este veredicto, el fiscal, José Luis Vaquera, ha reclamado al juez la imposición de las penas que ya solicita en su escrito de calificación definitivo, en el que pide, por el delito de agresión sexual, la pena de 15 años de prisión, con las accesorias que allí constaban, y para el delito de asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, la pena de prisión permanente revisable, con las accesorias que también constan en el escrito de calificación.

Respecto a la responsabilidad civil, el fiscal se ha remitido también a su escrito de calificación, "en las cantidades que allí se solicitaba", mientras que pide además que no se aplique al acusado "ningún beneficio penitenciario en cuanto a la clasificación en tercer grado hasta el cumplimiento de la mitad de la pena".

Además, señala que el Ministerio Fiscal aboga por la prórroga de la prisión provisional "hasta la mitad de la pena que se imponga en la sentencia", toda vez que, a juicio, "existe un peligro evidente, un riesgo de fuga del condenado por la enorme cantidad de años a los que va a ser condenado y además por el hecho de no tener ya un domicilio conocido, ni siquiera en Monesterio, donde residía anteriormente", ha dicho.

Acusaciones

Por su parte, la abogada de la madre y la hermana de Manuela Chavero, Verónica Guerrero, se ha adherido a las peticiones realizadas por el fiscal tras conocerse el veredicto del jurado.

Así, la letrada de la asociación Clara Campoamor, que ejerce la acusación popular, Patricia Catalina, también se ha adherido a la petición del Ministerio Fiscal y ha hecho "especial hincapié en que se le imponga la pena de prisión permanente revisable", tal y como recoge en su escrito de calificación.

El abogado de los hijos de Manuela Chavero, Fernando Fontán, también se ha sumado a la petición del Ministerio Fiscal y pide para el acusado "la pena más grave de la prisión permanente revisable, según la legislación vigente del Código Penal", y respecto a las responsabilidades civiles aboga por "el beneficio de los menores y de los perjudicados".

La defensa se reserva alegaciones

Finalmente, el abogado defensor de Eugenio Delgado, José Luis Carrasco, ha avanzado que "se reserva su derecho a las alegaciones que hará en su día a la vista del objeto del veredicto en la posibilidad de recurrir", y se ratifica "en lo que ya ha dicho en sus conclusiones, tanto provisionales como las elevadas definitivas", ha concluido.