Actualidad
Si tienes menos de 35 años puedes pedir la ayuda de 250 euros mensuales para el alquiler en la Comunidad de Madrid
- La región sigue gestionando esta ayuda, aprobada por el Gobierno a comienzos de 2022
- Crece el número de estudiantes que deciden alquilar habitaciones en pisos compartidos
Sergio de la Cruz
El Gobierno aprobó a comienzos de 2022 un bono de 250 euros mensuales durante dos años para el alquiler de vivienda de jóvenes entre 18 y 35 años. Desde ese momento, y de forma indefinida, las personas de ese rango de edad podrán pedir la ayuda. Una de las comunidades en las que más gente podrá hacerlo es en la Comunidad de Madrid.
Son las comunidades autónomas las encargadas de gestionar las solicitudes y cobro del Bono Alquiler Joven, por lo que en el caso de Madrid hay que realizar los trámites en la página que ha destinado la Comunidad de Madrid a tal efecto.
Qué personas pueden solicitar el Bono Alquiler Joven
Tal y como explica la propia Comunidad, los beneficiarios de este bono para el alquiler serán las personas de entre 18 y 35 años "que puedan acreditar una fuente regular de ingresos y que sean titulares o estén en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda o de habitación, o de cesión de uso".
El límite de cuantía del contrato de alquiler será de 600 euros mensuales por vivienda o 300 euros mensuales por habitación, aunque en determinadas zonas tensionadas sube a 900 euros mensuales por vivienda y 450 euros mensuales por habitación. Estos municipios son Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Getafe, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada, Galapagar, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo o Villaviciosa de Odón.
Requisitos para cobrar el Bono Alquiler Joven
Además de cumplir con el requisito de edad y de cuantía de alquiler, se exige que la vivienda o habitación alquilada sea la residencia habitual del solicitante. Además, se exigen otros requisitos:
- Acreditar unos ingresos inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) una cifra que en 2023 es de 25.200 euros anuales. Este límite aplica para todas "las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o a arrendar o ceder, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o cesión", cuyos ingresos se incluyen a la hora de determinar la cuantía total.
- No ser propietario ni usufructuario de una vivienda, tanto el solicitante como los convivientes.
- No tener parentesco de primer o segundo grado con el arrendador, tanto el solicitante como los convivientes.
- No ser socio o partícipe del arrendador, tanto el solicitante como los convivientes.
- No incurrir en cualquier supuesto de los que contempla la Ley de Subvenciones para no ser beneficiario de subvenciones públicas.
- No haber perdido alguna ayuda contemplada en el Plan de Vivienda.
Cómo pedir el Bono Alquiler Joven
El primer paso es cumplimentar el formulario de solicitud, que se encuentra en este enlace de la página web de la Comunidad de Madrid. Hay que introducir los datos personales (nombre, apellidos, DNI, dirección de contacto), una dirección de correo electrónico y un número de teléfono. También hay que indicar el IBAN de nuestra cuenta bancaria en la que se tendrán que hacer los pagos.
Además, hay que adjuntar la siguiente documentación:
- El contrato de alquiler.
- El certificado de empadronamiento colectivo e histórico.
- La copia del permiso de residencia de larga duración o temporal, en el caso de ciudadanos extranjeros.
- Justificantes del pago del alquiler de las mensualidades vencidas al momento de la solicitud.
- La declaración de IRPF del solicitante y los miembros de la unidad de convivencia, si los hubiese.
- Una documentación acreditativa de tener una fuente regular de ingresos (por ejemplo, una nómina).
- Si se ha disfrutado del Bono Alquiler en otra comunidad autónoma, una acreditación de esa circunstancia y de las cuantías recibidas.
- La Nota de Localización del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, de titularidades inscritas a favor del solicitante y de todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida.
- Si se posee una propiedad de la que no se puede disponer, una Nota Simple del Registro de la Propiedad referido al mismo y, en su caso, documentación acreditativa de no poder disponer de la vivienda.