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Así se consigue una hipoteca autopromotor para comprar una casa prefabricada
- El dinero se entrega por pases, solo el 50% al comienzo
- Los intereses suelen ser más elevados, pero hay periodo de carencia
- El solicitante debe tener un terreno urbanizable en propiedad
elEconomista.es
Madrid,
La forma más habitual de comprar una casa prefabricada es con ahorros o un crédito personal, si se trata de una vivienda menor a 50.000 euros, o a través de una hipoteca autopromotor, el mismo tipo de préstamos que piden las personas que van a levantar una vivienda de manera tradicional.
La autopromoción inmobiliaria, explica el blog portal inmobiliario Fotocasa, consiste en la construcción de una vivienda para uso particular. Por tanto, una hipoteca autopromotor es un préstamo hipotecario dirigido a aquellos que necesitan financiar la construcción de una vivienda en un terreno de su propiedad. Es decir, este préstamo no se podría utilizar para adquirir el terreno.
Diferencias de la hipoteca autopromotor con la tradicional
1. Mayor importe financiado. Fotocasa explica que las hipotecas autopromotor suelen cubrir más del 85% del coste total y en algunos supuestos llegando hasta el 100%. En cambio, si el préstamo está destinado a edificar una segunda residencia, el importe financiado también se reducirá hasta el 60%.
2. La entrega del dinero es por fases. El dinero no se da al comienzo, en el comento de la contratación se cierra el acuerdo con el importe inicial, las cuotas, los plazos y las disposiciones en función de las fases de la obra. Normalmente, en la fase inicial solo se entrega la mitad.
3. Intereses más elevados. Las hipotecas autopromotor tienen, en la mayoría de los casos, unos intereses más elevados. No obstante, algunas entidades ofrecen periodos de carencia donde pagar solo los intereses durante los primeros años.
Cómo se solicita una hipoteca autopromotor
El portal Fotocasa explica que además de los requisitos de solvencia, los solicitantes de una hipoteca autopromotor deben cumplir otra serie de condicionantes.
1. Tener un terreno urbanizable en propiedad, certificando nuestra propiedad y su correcta inscripción en el Registro de la Propiedad.
2. Licencia de obra y licencia urbanística del Ayuntamiento de la localidad en la que se encuentre el terreno.
3. Visado del proyecto expedido y validado por parte del Colegio de Arquitectos.
4. Certificado de eficiencia energética, que se emitirá durante la fase de redacción del proyecto.
5, Certificado de final de obra y el acta de aceptación de obra.