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Estos son todos los trámites que tendrán que hacer los autónomos en octubre

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    elEconomista.es

    El calendario fiscal 2021 de los autónomos siempre trae consigo un sinfín de trámites y papeleo. Precisamente, esta es una de las quejas tradicionales de los autónomos, ya que la carga burocrática de este colectivo es muy fuerte. Además, octubre se erige como uno de los meses en los que más modelos hay que presentar.

    En concreto, llega el momento de presentar las declaraciones trimestrales, en este caso las correspondientes al tercer trimestre del 2021. Del 1 de octubre hasta el 20 de octubre, el colectivo de autónomos tendrá que presentar hasta 8 modelos de declaración diferentes.

    ¿Qué modelos tengo que presentar en octubre si soy autónomo?

    Estos son los modelos que tendrán que presentar los autónomos durante el mes de octubre:

    - Modelo 111: se trata de la declaración que utilizan empresas y autónomos para pagar las retenciones de IRPF de las nóminas de sus trabajadores y facturas de profesionales.

    Es una declaración obligatoria, por lo que el autónomo deberá presentarla a la Agencia Tributaria, excepto cuando el IRPF sea cero, aunque casi siempre saldrá a pagar.

    - Modelo 115: un documento que tienen que presentar todas aquellas empresas o autónomos que desarrollen su actividad en un local en alquiler.

    Es un modelo de liquidación trimestral por el que estos profesionales declaran a Hacienda las retenciones practicadas por el alquiler de inmuebles urbanos.

    - Modelo 123: sirve para liquidar las retenciones e ingresos a cuenta de determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas como los intereses pagados por los préstamos recibidos de terceros.

    Esta declaración se suele presentar normalmente en caso de pago de intereses de préstamos bancarios o de reparto de dividendos.

    - Modelo 368: este documento es una declaración de IVA destinada a los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.

    Para poder presentar este modelo es necesario darse de alta en la Ventanilla Única utilizando el modelo 034.

    - Modelo 303: este documento es bien conocido por los trabajadores por cuenta propia, ya que hace referencia a la autoliquidación trimestral del IVA.

    Como autónomo, al emitir las facturas, se repercute un IVA a los clientes que luego se deberá devolver a Hacienda.

    - Modelo 130: este documento sirve para declarar el beneficio de su actividad económica y tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

    Está obligado a presentarlo cualquier contribuyente del IRPF que ejerza una actividad económica y calcule su rendimiento neto con el método de estimación directa, tanto en la modalidad normal como en la simplificada.

    - Modelo 131: es similar al modelo 130, solo que este está dirigido a los moduleros. Es decir, sirve para declarar el beneficio de su actividad económica y tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) cuando se tributa por estimación objetiva, también conocida como módulos.

    - Modelo 202: este documento hace referencia a un pago a cuenta del Impuesto de Sociedades. Está reservado a empresas cuyo volumen de operaciones supera los 6.010.121,04 de euros, hayan tenido beneficio o no.