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Cuánto tiempo puedes cobrar el Ingreso Mínimo Vital: motivos para perder el derecho

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    elEconomista.es

    El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es el chaleco salvavidas de muchas familias en situación de exclusión social. De hecho, más de 80.000 hogares se vieron obligados a recibir esta prestación durante el año pasado. No obstante, a día de hoy, todavía hay muchas personas que necesitan esta ayuda. En este sentido, lo que muchos beneficiarios se preguntan es cuánto tiempo podrán cobrar esta ayuda.

    Hay que tener en cuenta que el derecho a la prestación nace a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud. A partir de aquí, el derecho a la prestación se mantendrá mientras se cumplan los requisitos necesarios para percibirla.

    Motivos por los que se suspende el derecho a recibir el IMV

    A pesar de cumplir los requisitos, el derecho a la prestación puede suspenderse por distintos motivos:

    - Pérdida temporal de alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.

    - Incumplimiento temporal de las obligaciones asumidas al acceder a la prestación.

    - Cuando haya indicios de que se están incumpliendo las obligaciones, hasta que se resuelva la duda.

    - Traslado al extranjero por un periodo continuado o no superior a 90 días al año, sin haber comunicado a la entidad gestora con antelación el mismo ni estar debidamente justificado.

    - Recibir rentas de trabajo o ingresos derivados de una actividad como autónomo incompatibles con el Ingreso Mínimo Vital.

    En este sentido, la suspensión del derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital se mantendrá mientras persistan las circunstancias que hubieran dado lugar a perderlo. Cabe destacar que, si la suspensión se mantiene durante un año, el derecho a la prestación quedará extinguido.

    Motivos por los que se extingue el derecho a recibir el IMV

    A pesar de cumplir los requisitos, el derecho a la prestación puede extinguirse por distintos motivos:

    - Fallecimiento de la persona titular.

    - Pérdida definitiva de alguno de los requisitos exigidos para el mantenimiento de la prestación.

    - Salida del territorio nacional sin comunicar ni justificar el motivo a la entidad gestora durante un periodo, continuado o no, superior a 90 días al año.

    - Renunciar al derecho.

    - Suspensión de la prestación por un periodo superior a un año.

    Incumplir reiteradamente la prohibición de recibir rentas de trabajo o ingresos derivados de una actividad como autónomo incompatibles con el Ingreso Mínimo Vital.